Subvenciones en materia deportiva.

Código de ayuda:

S06882/11

Norma:

Santa Cruz de Bezana, 3 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana, correspondiente a actividades realizadas o a realizar en el ejercicio 2011, con destino a la promoción y fomento de asociaciones deportivas y deportistas con proyección.


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario para la LÍNEA 1 los Clubes y asociaciones deportivas del municipio y lleven a cabo actividades deportivas subvencionables en el término municipal, de interés municipal, dentro de la temporada 2010/2011, siempre que estén inscritas en el Registro Administrativo correspondiente.

Podrán optar en la LÍNEA 2 los deportistas federados en Cantabria y empadronados en el Municipio de Santa Cruz de Bezana, menores de 25 años en el momento de fin de presentación de la solicitud, que posean un historial deportivo a nivel nacional o internacional en los dos años anteriores que acrediten méritos sufi cientes para ser beneficiario de la subvención, con la finalidad de sufragar gastos de la temporada 2010/2011.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Existen dos LÍNEAS de subvenciones y el importe máximo para cada línea es:

LÍNEA 1: Promoción de Asociaciaciones Deportivas de 98.500,00 euros.
LÍNEA 2: Deportistas con proyección de 6.000,00 euros.

Requisitos:

Para la participación en cualquiera de la LÍNEA convocadas se requiere también:

— Haber justificado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas con anterioridad a la presente convocatoria.

— No encontrarse incursa en ninguna de las causas de prohibición para adquirir la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.


Documentos asociados

Boletín: 11/02/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 29
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento