Subvenciones en materia deportiva.
Código de ayuda:
S06882/11Norma:
Santa Cruz de Bezana, 3 de febrero de 2011.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana, correspondiente a actividades realizadas o a realizar en el ejercicio 2011, con destino a la promoción y fomento de asociaciones deportivas y deportistas con proyección.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana (Cantabria)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiario para la LÍNEA 1 los Clubes y asociaciones deportivas del municipio y lleven a cabo actividades deportivas subvencionables en el término municipal, de interés municipal, dentro de la temporada 2010/2011, siempre que estén inscritas en el Registro Administrativo correspondiente.Podrán optar en la LÍNEA 2 los deportistas federados en Cantabria y empadronados en el Municipio de Santa Cruz de Bezana, menores de 25 años en el momento de fin de presentación de la solicitud, que posean un historial deportivo a nivel nacional o internacional en los dos años anteriores que acrediten méritos sufi cientes para ser beneficiario de la subvención, con la finalidad de sufragar gastos de la temporada 2010/2011.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Existen dos LÍNEAS de subvenciones y el importe máximo para cada línea es:LÍNEA 1: Promoción de Asociaciaciones Deportivas de 98.500,00 euros.
LÍNEA 2: Deportistas con proyección de 6.000,00 euros.
Requisitos:
Para la participación en cualquiera de la LÍNEA convocadas se requiere también:— Haber justificado debidamente subvenciones o ayudas económicas concedidas y percibidas con anterioridad a la presente convocatoria.
— No encontrarse incursa en ninguna de las causas de prohibición para adquirir la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
11/02/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 29
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 29
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento