Subvenciones en materia de mujer.

Código de ayuda:

S30182/18

Norma:

ORDEN CDS/954/2018, de 1 de junio. ORDEN CDS/1140/2018, de 20 de junio. Orden CDS/1158/2018, de 29 de junio. ORDEN CDS/1182/2018, de 27 de junio. ORDEN CDS/1860/2018, de 19 de noviembre. ORDEN CDS/510/2019, de 3 de mayo. Orden CDS/511/2019, de 3 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Erradicación y Discapacidad: Hasta el 04/06/2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Ayudas a entidades formadas por mujeres.

El objeto de estas ayudas es fnanciar las actuaciones dirigidas a conseguir que, la igualdad entre mujeres y hombres sea real y efectiva y el fomento del asociacionismo de las mujeres.

b) Actividades de prevención de la violencia por género en mujeres.

1.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de prevención de la violencia contra la mujer.

El objeto de estas ayudas es fnanciar las actuaciones dirigidas a la prevención y protección de las
mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial que sufran cualquier tipo de violencias.

2.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de sensibilización, prevención y erradicación de cualquier forma de violencia contra la mujer.

El objeto de estas ayudas es fnanciar las actuaciones dirigidas a la sensibilización, prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia que sufran las mujeres.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departemento de Ciudadanía y Derechos Sociales (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Ayudas a entidades formadas por mujeres.

Podrán tener la condición de benefciarias de esta línea de subvenciones, Asociaciones o Federaciones de mujeres, y las Asociaciones mixtas en cuyos estatutos conste expresamente la existencia de una sección o área de mujer u órganos específcos de mujeres, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que cumplan los siguientes requisitos:

- Carecer de ánimo de lucro.

- Que sean de utilidad social.

- Que conste en sus estatutos expresamente el objetivo de la promoción de la igualdad de género.

- Tener sede social en Aragón.

- Que tengan su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Actividades de prevención de la violencia por género en mujeres:

1.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de prevención de la violencia contra la mujer.

Podrán tener la condición de benefciarias de esta línea de subvenciones, las entidades que tengan entre sus fnalidades la atención integral de mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial, víctimas de violencias, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que cumplan los siguientes requisitos:

- Carecer de ánimo de lucro.

- Que sean de utilidad social.

- Tener sede social en Aragón.

- Que tengan su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de sensibilización, prevención y erradicación de cualquier forma de violencia contra la mujer.

Podrán tener la condición de benefciarias, las entidades que tengan entre sus fnalidades la sensibilización, prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia que sufran las mujeres, legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que cumplan los siguientes
requisitos:

- Carecer de ánimo de lucro.

- Que sean de utilidad social.

- Tener sede social en Aragón.

- Que tengan su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas a entidades formadas por mujeres.

- Proyectos que fomenten el derecho a la información, asesoramiento y formación de todas las mujeres atendiendo al principio de la no discriminación.

- Proyectos de información y sensibilización social sobre la igualdad de mujeres y hombres.

- Proyectos que contribuyan a fomentar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal; la corresponsabilidad (en el reparto de responsabilidades) en el núcleo familiar entre mujeres y hombres; y el cambio de los usos del tiempo.

- Proyectos que contribuyan a informar y sensibilizar sobre la participación de las mujeres en diversos ámbitos: la ciencia, la cultura, la política, el deporte, la literatura, salud, diversidad.

Los proyectos de aprendizaje de habilidades (artesanía, electricidad, cocina, carpintería, etc.) para ser susceptibles de ser subvencionables deberán ser complementados con otras actividades de sensibilización, información o formación en materia de igualdad de mujeres y hombres y/o tener integrada la visión por género.

- Proyectos dirigidos a reducir la brecha digital a través de la alfabetización digital dirigida a utilizar correctamente las herramientas básicas de edición de documentos, hojas de cálculo y correo electrónico.

- Proyectos que favorezcan la inserción y continuidad de las mujeres en el mercado de trabajo.

- Proyectos que contribuyan a la realización de acciones co-educativas con el fn de educar a niñas/os y jóvenes en el principio de igualdad de oportunidades, basándose únicamente en sus capacidades y expectativas, no en estereotipos profesionales.

- Proyectos que contribuyan al desarrollo de las capacidades técnicas organizadoras de las mujeres para asumir funciones de liderazgo.

- Proyectos de formación y participación en todos los ámbitos de la mujer rural.

- Proyectos destinados a superar las imágenes estereotipadas de mujeres y hombres y conseguir el cambio de comportamientos, actitudes, normas y valores que defnen los roles de cada sexo, incluido el lenguaje no sexista.

- Proyectos dirigidos a impulsar, apoyar y dinamizar el asociacionismo y la participación social de las mujeres, promoviendo el empoderamiento colectivo de las mujeres y potenciando la presencia y participación de las mujeres en el tejido asociativo.

- Proyectos que integren el principio de interseccionalidad, especialmente los de inclusión social, atendiendo a la diversidad de colectivos de mujeres y situaciones de múltiple discriminación.

b) Actividades de prevención de la violencia por género en mujeres, que comprende:

1.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de prevención de la violencia contra la mujer.

Serán subvencionables los siguientes proyectos:

- Proyectos destinados a la prevención de las violencias en mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial y sus hijas e hijos.

- Proyectos dirigidos a sensibilizar a la sociedad aragonesa de la especial vulnerabilidad de las mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y sensorial y/o sus hijas e hijos.

- Proyectos dirigidos a asistir, informar y acompañamiento a la víctima y sus familiares durante el proceso policial, judicial o administrativo, asicomo ayudar a la víctima a decidir sobre la denuncia.

- Proyectos que ofrezcan a la mujer con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial víctima de violencias y sus hijas e hijos un espacio de protección adecuado que se ajuste a la especial situación de vulnerabilidad.

- Proyectos dirigidos a informar a los profesionales que intervienen con mujeres víctimas de cualquier violencia, de la especial situación de vulnerabilidad de las mujeres con discapacidad intelectual, física, psíquica y/o sensorial y sus hijas e hijos y el abordaje específco ante situaciones de violencias que puedan sufrir.

2.º Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en materia de actuaciones de sensibilización, prevención y erradicación de cualquier forma de violencia contra la mujer.

- Proyectos o iniciativas destinados a la sensibilización, prevención y erradicación de las violencias sobre las mujeres.

- Iniciativas destinadas a promover la atención, detección, sensibilización y prevención de las violencias de mujeres y niñas y/o colectivos de mujeres especialmente vulnerables.

- Asistencia, información, acompañamiento a la víctima y sus familiares durante el proceso policial, judicial o administrativo.

- Apoyo a la víctima a decidir sobre la denuncia, y disminuir la retirada de denuncias por parte de las víctimas de violencias.

- Iniciativas destinadas a mejorar las condiciones y facilitar la inserción sociolaboral de las mujeres víctimas de violencias y/o población especialmente vulnerables de explotación sexual.

- Proyectos dirigidos a formación y capacitación de los profesionales que intervienen con mujeres víctimas de cualquier violencia, de la especial situación de vulnerabilidad de las mujeres y el abordaje específco ante situaciones de violencia que puedan sufrir.

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