Subvenciones en materia de escuelas de formación de educadores de tiempo libre constituidas como personas jurídicas con ánimo de lucro, para el año 2008.

Código de ayuda:

S11264/08

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00h del día 29/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establece la convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de escuelas de formación de educadores de tiempo libre oficialmente reconocidas y radicadas en Mallorca o en más de una isla, constituidas como personas jurídicas con ánimo de lucro, con la finalidad de fomentar la realización de cursos de formación de monitores y de directores de actividades de tiempo libre infantil y juvenil, cursos de especialización, seminarios y reciclaje de monitores y directores, para el curso 2007-2008.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Deportes, Juventud e Igualdad (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las escuelas de educadores de tiempo libre que ostenten el reconocimiento de la Administración autonómica de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el Decreto 16/1984, de 23 de febrero, sobre reconocimiento de escuelas de educadores de tiempo libre, domiciliadas en Mallorca o con sede abierta en más de una isla de distinto ámbito competencial en razón del territorio, constituidas como personas jurídicas con ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de mantenimiento para los que puede obtenerse esta subvención se refieren al alquiler del local de la escuela donde se hacen los cursos, teléfono, fax, ADSL, agua, electricidad, gas, reparaciones ordinarias del local y de las máquinas (excluida la obra nueva), seguros, gastos del personal que imparte los cursos, gastos imprescindibles del personal administrativo y de material fungible propio del funcionamiento administrativo de la escuela (se excluyen los gastos que no son propios de la actividad de escuela de formación de tiempo libre), etc..

Únicamente se pueden subvencionar los gastos correspondientes al año 2008. Las ayudas económicas que se obtengan tienen que destinarse exclusivamente a cubrir los gastos de mantenimiento de la escuela de tiempo libre. No son objeto de esta convocatoria las subvenciones para actividades,
para adquirir bienes y equipamientos inventariables o para hacer obra nueva.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Bases y Convocatoria 2008. Descargar Documento