Subvenciones en materia de diversidad para el ejercicio 2026 (líneas S0217, S0316 y S0384).
Código de ayuda:
S21819/26Norma:
Resolución de 29 de julio de 2026. Orden 7/2024, de 13 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de agosto de 2026Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar los programas de interés general en materia de diversidad, a través de los proyectos que se relacionan en el anexo A de la resolución y aquellos otros de interés general propuestos por las entidades, destinados a impulsar el fomento y el desarrollo del valor de la diversidad, la igualdad y la no discriminación. La convocatoria va dirigida al fomento de la integración ciudadana, al fomento de la igualdad y a las víctimas de delitos de odio.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Comunidad ValencianaConvoca:
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe: 330.000,00 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
Entidades que cumplan los requisitos indicados en el artículo 2.1.a) de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y a entidades que integran la Administración local para financiar proyectos de apoyo a la diversidad (DOGV núm. 9984, de 15.11.2024). No son subvencionables los proyectos que ya hayan sido financiados íntegramente por esta u otra Administración.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Retribuciones y gastos de personal directamente ligado al desarrollo del proyecto: serán subvencionables los salarios brutos, cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa y otros costes salariales como pagas extraordinarias, y demás retribuciones derivadas de la normativa laboral aplicable, devengados durante el periodo de ejecución y en función del porcentaje de dedicación al proyecto. Esta partida no podrá suponer más de un 65% de la cuantía concedida.Arrendamiento de locales: para el desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto y correspondiente a su periodo de ejecución. Esta partida no podrá suponer más de un 7% de la cuantía concedida.
Material de oficina no inventariable: esta partida no podrá suponer más de un 7% de la cuantía concedida.
Locomoción y dietas: será necesario justificar la relación directa del gasto con el desarrollo del proyecto. Las cuantías máximas de estos se ajustarán, por analogía, a lo establecido en el Decreto 80/2025, de 3 de junio, del Consell, sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios. Esta partida no podrá suponer más de un 5% de la cuantía concedida.
Reparación, mantenimiento y conservación: de bienes necesarios para el desarrollo del proyecto. Esta partida no podrá suponer más del 5% de la cuantía concedida.
Suministros: del local para el desarrollo de las actividades contempladas en el proyecto y correspondiente a su periodo de ejecución. Esta partida no podrá suponer más del 5% de la cuantía concedida.
Asesoría fiscal, laboral o contable: esta partida no podrá suponer más de un 5% de la cuantía concedida.
Material: específico del proyecto.
Seguros: de accidentes o responsabilidad civil afectos al proyecto subvencionado.
Difusión y publicidad del proyecto.
Realización de cursos: en ejecución del proyecto subvencionado y dirigidos a las personas beneficiarias.
Celebración de jornadas, seminarios y actividades: vinculadas al proyecto subvencionado.
Maquetación, edición, impresión y difusión de estudios.
IVA y demás impuestos indirectos: como consecuencia del gasto en las actividades objeto de la subvención, siempre que su importe no pueda ser recuperado, lo que deberá acreditarse debidamente.
Requisitos:
Inscripción en el Registro de titulares de actividades, de servicios y centros de Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana. En el caso de haber transcurrido más de 3 meses desde la solicitud de inscripción sin haber obtenido resolución expresa antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, será suficiente acreditación la solicitud registrada.Tarjeta NIF.
Estatutos en vigor donde consten los fines y actividades para los que se constituye la entidad; o declaración responsable acompañada de documentos probatorios que permitan comprobar la realidad de las actividades.
Declaración responsable sobre no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los artículos 18 y concordantes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
Declaración responsable sobre el plan de igualdad.
Las entidades que opten a una subvención cuyos destinatarios finales sean personas migrantes deberán adquirir el compromiso de velar por la protección y defensa de los Derechos Humanos de las personas migrantes en sus países de origen, de acuerdo con el artículo 2.5 de la Orden 7/2024, de 13 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
15/11/2024
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9984
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9984
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
06/08/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
07/08/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0316 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0316 Descargar Documento
Boletín:
07/08/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0217 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0217 Descargar Documento
Boletín:
07/08/2026
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0384 Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10424
Documento: CONVOCATORIA EXTRACTO S0384 Descargar Documento
