Subvenciones en materia de deporte.- Corrección.

Código de ayuda:

S15991/11

Norma:

ORDEN de 23 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La programación y ejecución de actividades organizadas dentro de sus programas anuales, por Centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la promoción de la Actividad Física y el Deporte en los mismos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo con los criterios objetivos previamente
fijados por la convocatoria correspondiente y a la vista de las solicitudes presentadas.

2. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Centros Educativos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas para la construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas de interés federativo en Aragón.

b) Ayudas para la construcción, remodelación y equipamiento de instalaciones deportivas de titularidad municipal y comarcal en Aragón.

c) Ayudas para clubes deportivos aragoneses.

d) Ayudas para deportistas aragoneses de nivel cualificado y sus entrenadores.

e) Ayudas para los programas de promoción de la Actividad Física y el Deporte en Centros escolares.

Requisitos:

- Consultar según línea de actuación.

- No obtendrán la condición de beneficiarios las personas físicas y las entidades descritas en el apartado 1 de este artículo que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones stablecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/04/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 74
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento