Subvenciones en materia de cultura.

Código de ayuda:

S04255/12

Norma:

ORDEN de 19 de enero de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a otorgar en materia de Cultura.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención a otorgar y/o los criterios para su determinación se establecerá en la correspondiente convocatoria o acto de concesión, de acuerdo con el crédito disponible para cada Programa de subvención.

Dicha cuantía se considera como un importe cierto y sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total, salvo que en la correspondiente convocatoria o acto de concesión se establezca otra cosa.

El importe de la actividad subvencionable no alcanzado por la subvención que se otorgue será cubierto con fondos propios del benefi ciario o con la financiación procedente de otras subvenciones o recursos siempre que esto último sea compatible, conforme con lo previsto en esta Orden. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el 80% del coste de la actividad o inversión subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que se propongan desarrollar alguno de los
programas de actuación recogidos en el artículo 2, y cumplan los requisitos y condiciones previstos en la presente orden y en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas a las Artes escénicas:

Tiene como finalidad el apoyo a las actividades de producción y distribución de actividades enclavadas dentro de las artes escénicas, realizadas por empresas que tengan el domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y, asimismo, el apoyo a las salas privadas de exhibición de espectáculos de artes escénicas y a las asociaciones de empresarios de estas actividades artísticas legalmente constituidas en ambos casos en Aragón.

b) Ayudas a la Música:

El objetivo de estas ayudas es el apoyo a las actividades de producción y difusión de actividades de carácter musical realizadas por músicos solistas, grupos y empresas del sector, así como a la programación de las salas de exhibición de espectáculos musicales, a las empresas de management y a las asociaciones de empresarios del sector, cuando estas actividades se realicen por músicos solistas nacidos o empadronados en Aragón, por grupos musicales en los que al menos la mitad de sus miembros cumplan alguno de los requisitos indicados o por personas jurídicas con domicilio social en la Comunidad Autónoma.

c) Ayudas a la Producción audiovisual:

La fi nalidad de estas ayudas es el apoyo a realizadores aragoneses y asociaciones sin ánimo de lucro de Aragón, para la creación de producciones audiovisuales.

d) Ayudas a las Asociaciones Culturales y Fundaciones para actividades culturales:

Tiene por objetivo el apoyo a las actividades culturales realizadas por Asociaciones Culturales y Fundaciones con sede en la Comunidad Autónoma de Aragón.

e) Ayudas actividades de Galerías de Arte:

El objeto de estas ayudas es el apoyo a las Galerías de arte aragonesas para consolidar la creación y difusión, tanto nacional como internacional, de las producciones de las artes visuales; así como el apoyo a las asociaciones de empresarios del sector.

f) Ayudas para construcción, adecuación, rehabilitación y equipamiento de salas de espectáculos de artes escénicas, de salas musicales y de galerías de arte, localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma.

La finalidad de estas ayudas es la construcción o mejora de las instalaciones y equipamientos de los espacios destinados a la exhibición de las actividades artísticas de los sectores indicados.

g) Ayudas a personas físicas para la creación artística.

El objeto de estas ayudas es fomentar la producción, difusión y formación de artistas individuales, siempre que el objeto de la solicitud no esté contemplado en otra convocatoria del Departamento.

h) Ayudas al sector editorial:

El objeto de estas ayudas es la financiación de la producción cultural en los sectores del libro, sector videográfi co y sector fonográfi co, que sirva de apoyo a la industria editorial y benefi cie al Sistema de Bibliotecas de Aragón.

i) Ayudas a Asociaciones Culturales y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de promoción y difusión del libro y la lectura:

Tienen por objeto la fi nanciación de las actividades relacionadas con la promoción y difusión del libro y de la lectura en Aragón.

j) Cualesquiera otras gestionadas por la Dirección General de Cultura que puedan establecerse atendiendo a las circunstancias especiales que en materia de cultura puedan concurrir en cada momento.

Requisitos:

No obtendrán la condición de beneficiarios del sistema establecido en esta Orden las personas físicas o jurídicas públicas o privadas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 27
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento