Subvenciones en materia de cooperación al desarrollo.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S51873/14

Norma:

En Noreña, a 13 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la concesión de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo, en régimen de concurrencia competitiva y según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006 del 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Noreña (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que puede otorgarse a cada solicitante, dentro de la cantidad convocada, será como máximo el 75% del coste de la actividad a la que se aplique.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades del municipio de Noreña que puedan llevar a cabo proyectos o actividades que motiven la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Actividades culturales.

2) Actividades educativas.

3) Actividades deportivas.

4) Cooperación internacional.

Serán subvencionables los proyectos y actuaciones realizados por las entidades y asociaciones del Concejo Noreña y que así figuren previstas en sus estatutos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014.

Las subvenciones están destinadas a la financiación de actividades o proyectos de cooperación, solidaridad, promoción y consolidación del desarrollo económico y social en los países empobrecidos, cuyo objetivo es la mejora de las condiciones de vida, igualdad entre hombres y mujeres y el desarrollo de sus recursos naturales, técnicos y humanos.

Requisitos:

1. Carecer de fines de lucro y no depender económica ni institucionalmente de entidades lucrativas.

2. Estar legalmente constituidas como asociación, fundación o entidad.

3. Figurar inscritas en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de mayo.

4. Estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de este Ayuntamiento con anterioridad, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

6. No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contenidas en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. La acreditación de no estar incurso en las prohibiciones a que se refiere este punto se realizará mediante declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 270
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento