Subvenciones en materia de atencion y prevencion de las drogodependencias y otros trastornos adictivos para el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S11464/09Norma:
ORDEN de 12 de febrero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones destinadas a la financiación de gastos corrientes y de inversión de los siguientes centros, servicios y programas:a. Los centros de día y las unidades de deshabituación residencial.
b. Los centros de encuentro y acogida y las viviendas tuteladas para población drogodependiente.
c. Las unidades de prevención comunitaria.
d. Las unidades de valoración y apoyo en drogodependencias y otros programas específicos de atención a drogodependientes con problemas jurídicos y/o penales, incluyendo la atención directa en comisarías.
e. Los programas de prevención de las drogodependencias y otras adicciones, siempre que estos últimos sean desarrollados, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, por instituciones sin fin de lucro.
f. Los recursos destinados exclusivamente a la atención al juego patológico.
g. Los programas de atención a familias, ejecutados por asociaciones de autoayuda en materia de alcoholismo.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Sanidad (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales y las entidades sin fin de lucro que sean titulares de recursos, servicios y/o gestionen programas y actividades en materia de prevención, atención, rehabilitación y/o reinserción social de drogodependientes u otros tipos de adicciones en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, siempre que no incurran en alguna de las causas de prohibición que regula el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las subvenciones previstas en este anexo deberán ser destinadas a los gastos de personal y mantenimiento o de inversión de los recursos, servicios y/o programas para los que se solicita la subvención.2. Se podrá subcontratar la actividad objeto de la subvención hasta el 50% de la misma, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y
en el artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Requisitos:
Las Entidades sin fin de lucro deberán disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, entendiéndose como tal la presencia física con domicilio social en la misma,comprometiéndose desde ésta a gestionar y dirigir los programas financiados por la Generalitat.
Documentos asociados
Boletín:
18/02/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5957
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5957
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/04/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6000
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6000
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento