Subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente, denominados “Planes Renove”.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S31491/17

Norma:

ORDEN EIE/843/2017, de 19 de junio. Orden EIE/895/2018, de 23 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para la sustitución de aparatos electrodomésticos, equipos de aire acondicionado y calderas de calefacción y agua caliente por otros nuevos más eficientes energéticamente y menos contaminantes en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Empleo e Industria (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas a un Plan Renove.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se consideran susceptibles de ayuda la adquisición de los siguientes aparatos y equipos de las siguientes categorías:

a) Electrodomésticos con las siguientes clasificaciones energéticas:

- Frigorífico y frigorífico-congelador, A++ o superior.

- Congelador, A++ o superior.

- Lavadora, A++ o superior.

- Lavavajillas, A++ o superior.

- Encimeras de inducción o de gas.

- Horno clase energética A + o superior.

b) Aparatos de aire acondicionado con clasificación energética A + o superior.

c) Calderas de condensación de gas natural o GLP´s con potencia máxima inferior a 70 kW y de baja emisión NOx (Clase 5).

d) Calderas de biomasa con potencia máxima inferior a 70 kW que transfieren la energía térmica generada en la cámara y en circuito de humos para calefacción o suministro de agua caliente.

e) Otros aparatos o equipos que incorporen tecnologías que obtengan como resultado una mejora en el ahorro y la eficiencia energética o una disminución de emisiones contaminantes como consecuencia de la evolución tecnológica y que necesariamente deberá determinarse por la Dirección General del Energía y Minas en la convocatoria de las ayudas.

En cada convocatoria de ayudas, en función de las disponibilidades presupuestarias, de la incentivación de la disminución de emisiones efecto invernadero o de la introducción en el mercado de nuevos equipos o instalaciones más eficientes energéticamente, se concretarán de entre las anteriores, las actuaciones subvencionables.

2. Sólo podrá ser objeto de ayuda, la adquisición de un aparato o equipo de cada tipo indicado, que sustituya a otro con menor eficiencia energética y/o más contaminante y además, cuando el lugar de recogida del aparato o equipo a sustituir y el lugar de entrega/ instalación del aparto o equipo nuevo se ubique en la Comunidad Autónoma de Aragón.

3. El aparato sustituido no podrá ser reutilizado y deberá ser gestionado como residuo, lo que deberá acreditarse en los términos señalados en el artículo 16 de esta orden.

4. Los aparatos electrodomésticos y equipos objeto de subvención deberán ser adquiridos dentro del plazo de vigencia del Plan. En cada convocatoria se establecerá el periodo elegible de las actuaciones subvencionables. Únicamente en el caso de acciones desarrolladas por la entidad colaboradora, destinadas al desarrollo de un Plan Renove, podrán contar con un periodo elegible cuya fecha de inicio puede ser anterior a la fecha de entrada en vigor de su convocatoria. Dicha fecha se fijará en la convocatoria correspondiente.

La venta de los aparatos o equipos que requieran instalación deberá incluir esta última, de modo que si no se realiza efectivamente su instalación, no podrán acogerse a las ayudas del Plan Renove.

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