Subvenciones en materia de acción social para asociaciones y/o entitades privadas sin ánimo de lucro en el ámbito de Ibiza yFormentera.

Código de ayuda:

S13837/05

Norma:

Sesión de 21 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de aquellas actividades de asociaciones y/o entidades privadas con actividades destinadas a la atención y mejora de las condiciones de vida de los ancianos, menores, personas con discapacidad, enfermos mentales, enfermos de cáncer y de otras enfermedades crónicas, los inmigrantes, las minorías étnicas y aquellas personas en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y otras entidades privadas que se dediquen a la atención y mejora de los colectivos señalados y que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio social en Ibiza y/o Formentera, o fuera del ámbito territorial de las Pitiusas siempre que desarrollen su actividad en el mismo.
- También podrán solicitar esta subvención las entidades o asociaciones con domicilio social en las Islas Baleares que ofrezcan acogida y apoyo psicosocial a residentes de las Pitiusas y sus familias cuando han de desplazarse al Hospital de Son Dureta o a otro centro público para el diagnóstico y tratamiento de su enfermedad.
- No tener ánimo de lucro.
- Estar legalmente constituidas y registradas en el registro correspondiente.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- No haber recibido ninguna otra subvención (ni tener firmado ningún convenio) del Consejo Insular de Ibiza y Formentera dentro del objeto de esta convocatoria en el año 2005.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Ibiza y Formentera.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de subvención las siguientes actividades:
- El mantenimiento y equipamiento de centros y servicios no residenciales.
- Las actividades y/o programas y proyectos dirigidos a la atención y mejora de los colectivos señalados en el objeto.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 51
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento