Subvenciones en materia de Acción Social para asociaciones y/o entidades privadas sin ánimo de lucro.

Código de ayuda:

S07837/06

Norma:

Sesión de 6 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de aquellas actividades de asociaciones y/o entidades privadas con actividades destinadas a la atención y mejora de las condiciones de vida de los ancianos, menores, personas con discapacidad, enfermos mentales, enfermos de cáncer, y de otras enfermedades crónicas, los inmigrantes, las minorías étnicas y aquellas personas en situación o riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y otras entidades privadas que se dediquen a la atención y mejora de los colectivos señalados en el objeto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- El mantenimiento de centros y servicios no residenciales.

- Las actividades, programas o proyectos que se desarrollen dentro del ámbito territorial de las Pitiusas, así como las desarrolladas por entidades o asociaciones con domicilio social en las Islas Baleares que ofrezcan acogida y apoyo psicosocial a residentes de las Pitiusas y a sus familias cuando se tienen que desplazar al Hospital Son Dureta o a otro centro público para el diagnóstico y tratamiento de su enfermedad dirigido a la atención y mejora de los colectivos señalados en el punto 1.

Requisitos:

- Tener su domicilio social en Ibiza y/o Formentera, o fuera del ámbito territorial de las Pitiusas siempre que desarrollen su actividad en el mismo.
También podrán solicitar esta subvención las entidades o asociaciones con domicilio social en las Islas Baleares que ofrezcan acogida y apoyo psicosocial a residentes de las Pitiusas y sus familias cuando tienen que desplazarse al Hospital de Son Dureta o a otro centro público para el diagnóstico y tratamiento de su enfermedad.
- No tener ánimo de lucro.
- Estar legalmente constituidas y registradas, o en trámites de registro, en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de la actividad para la cual se solicita la subvención.
- No haber recibido ninguna otra subvención (ni tener firmado algún convenio) del Consell Insular de Ibiza y Formentera dentro del objeto de esta convocatoria en el año 2006.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 40
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento