Subvenciones en materia cultural.- Convocatoria 2013.- Corrección.- Ampliación dotación.- Corrección.- Ampliación dotación.

Código de ayuda:

S00691/13

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/2934/2012, de 21 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/1252/2013, de 7 de junio. RESOLUCIÓN CLT/2178/2013, de 21 de octubre. RESOLUCIÓN CLT/2284/2013, de 25 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Consultar según tipo de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en materia cultural, salvo las que son competencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención otorgada no puede superar el 50% del coste del proyecto, excepto en caso de que las bases específicas determinen otro porcentaje o un importe máximo a conceder.

Asimismo, las bases específicas pueden establecer un límite a esta cuantía.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que determinen las bases específicas.

Asimismo, pueden ser solicitantes, si se prevé en las bases específicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado a pesar de no tener personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ámbito de las artes:

a. Programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional de artes escénicas y música (apartado 1.1 del Anexo de las bases específicas).

b. Programaciones estables de actividades culturales de carácter profesional en el ámbito de las artes visuales (apartado 1.2 del Anexo de las bases específicas).

c. Proyectos artísticos que articulen los sectores profesionales en los ámbitos de las artes escénicas, la música y las artes visuales (apartado 1.5 del Anexo de modificación de las bases específicas).

d. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de la música (apartado 1.6 del Anexo de modificación de las bases específicas).

e. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ambito de la danza (apartado 1.7 del Anexo de modificación de las bases específicas).

f. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ambito del circo (apartado 1.8 del Anexo de modificación de las bases específicas).

g. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito del teatro (apartado 1.9 del Anexo de modificación de las bases específicas).

h. Proyectos artísticos de carácter profesional de formación, producción y exhibición en el ámbito de las artes visuales (apartado 1.10 del Anexo de modificación de las bases específicas).

2. Ámbito de la lengua y las letras:

a. Iniciativas de entidades sin ánimo de lucro dirigidas a promover el uso de la lengua catalana en Cataluña (apartado 2.1 del Anexo de las bases específicas).

b. Iniciativas de empresas dirigidas a promover el uso de la lengua catalana en Cataluña (apartado 2.2 del Anexo de las bases específicas).

c. Actividades literarias (apartado 2.4 del Anexo de las bases específicas).

Se convocan subvenciones en las modalidades siguientes:

1. Creación de obras literarias en lengua catalana.

2. Traducción al catalán de obras literarias de especial relevancia en otras lenguas.

3. Investigación sobre movimientos, obras y autores o autoras y crítica literaria de literatura catalana.

4. Actividades de promoción y difusión de la literatura en catalán.

d. Edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano (apartado 2.5 del Anexo de las bases específicas).

e. Proyectos que articulen los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas (apartado 2.8 del Anexo de modificación de las bases específicas).

3. Ámbito del patrimonio cultural:

a. Conservación preventiva y conservación-restauración de los bienes culturales muebles del patrimonio cultural catalán (apartado 3.1 del Anexo de las bases específicas).

b. Becas para hacer prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de los bienes culturales muebles (apartado 3.2 del Anexo de las bases específicas).

La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de diez becas, de 1.020 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura sobre tela.

Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura y escultura sobre madera.

Una beca para restauración de pintura mural.

Una beca para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de escultura en piedra.

Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de materiales arqueológicos y etnológicos.

Una beca para técnicas fotográficas aplicadas a la restauración de bienes culturales muebles.

Una beca para análisis físico-químicos aplicados a bienes culturales muebles objeto de conservaciónrestauración.

c. Becas para colaborar en varios programas del Archivo Nacional de Cataluña (apartado 3.3 del Anexo de las bases específicas). La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de diecinueve becas, distribuidas de la siguiente manera:

1. Diecisiete becas de 1.200 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

Cinco becas para colaborar en la descripción de diferentes fondos documentales del siglo XX conservados en el Archivo Nacional de Cataluña.

Una beca para colaborar en la descripción de diferentes fondos de época medieval y moderna conservados en el Archivo Nacional de Cataluña.

Tres becas para colaborar en la descripción de diferentes fondos no textuales (fondo con fotografías, mapas y planos, carteles, sonido, etc.) conservados en el Archivo Nacional de Cataluña.

Dos becas para colaborar en el programa de digitalización de fondo del Archivo: intervención en el proceso de digitalización, tratamiento y revisión de la documentación.

Dos becas para colaborar en la catalogación de fondos bibliográficos conservados en el Archivo Nacional de Cataluña.

Una beca para colaborar en el programa de acción cultural y difusión del Archivo Nacional de Cataluña.

Una beca para colaborar en el programa de acción educativa del Archivo Nacional de Cataluña.

Dos becas para colaborar en el programa de restauración de documentación en soporte papel, pergamino y documentación fotográfica del Archivo Nacional de Cataluña.

2. Dos becas para colaborar en los programas de preservación de la documentación fotográfica depositada en el Archivo Nacional de Cataluña.

d. Becas para hacer prácticas relacionadas con varios procesos de tratamiento de documentación, inventario y catalogación de fondo (apartado 3.4 del Anexo de las bases específicas).

La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de doce becas, de 1.200 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

Tres becas para colaborar en el tratamiento documental e interpretación de los datos que contienen las memorias de intervención arqueológica.

Cuatro becas para colaborar en tareas de tratamiento y automatización de los inventarios de los bienes de la Iglesia.

Una beca para colaborar en la descripción de diferentes fondos no textuales (fotografías, mapas y planos, carteles, sonido, etc.).

Una beca para colaborar en la revisión y el tratamiento digital de la documentación de los fondos de la Biblioteca de la dirección general competente en patrimonio cultural.

Tres becas para colaborar en la catalogación de fondos bibliográficos.

4. Ámbito de la cultura popular y el patrimonio etnológico:

a. Producción de espectáculos y exposiciones relacionadas con la cultura popular y tradicional catalana (apartado 4.1 del Anexo de las bases específicas).

b. A federaciones que programen actividades culturales relacionadas con el asociacionismo y la cultura popular y tradicional catalana (apartado 4.2 del Anexo de las bases específicas).

c. Edición de trabajos relacionados con la cultura popular y tradicional catalana (apartado 4.3 del Anexo de las bases específicas).

d. Desplazamientos fuera de Cataluña para llevar a cabo actividades y proyectos relacionados con la cultura popular y tradicional catalana (apartado 4.4 del Anexo de las bases específicas).

e. Organización de festivales y encuentros nacionales de cultura popular y tradicional apartado 4.5 del Anexo de las bases específicas).

f. Actividades e inversiones en materia de formación y de documentación relacionadas con la cultura popular y tradicional catalana (apartado 4.6 del Anexo de las bases específicas).

g. Actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y el asociacionismo organizadas por corporaciones locales y por entidades privadas sin finalidad de lucro (apartado 4.7 del Anexo de las bases específicas).

5. En el ámbito de la cultura de carácter transversal:

a. Becas para hacer prácticas en el Gabinete Técnico del Departamento de Cultura (apartado 5.1 del Anexo de las bases específicas).

La duración de las becas es de un máximo de tres meses. Se concederán un máximo de tres becas, de 1.200 euros mensuales, para la realización de prácticas en las especialidades siguientes:

Una beca para colaborar en el tratamiento y la explotación de los datos que coordina el Gabinete Técnico.

Una beca para colaborar en el plan de difusión de los trabajos técnicos y estadísticos que hace el Gabinete Técnico.

Una beca para colaborar en la investigación y el seguimiento de programas y proyectos de la Unión Europea en el ámbito cultural.

Requisitos:

a) Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.

b) Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.

e) Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.

f) En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas trabajadoras, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC núm. 5864, de 21.4.2011).

g) En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

h) Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6287
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/06/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6398
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 27/06/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6405
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 23/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6486
Documento: Ampliación Dotación. Descargar Documento
Boletín: 06/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6495
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 07/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6496
Documento: Ampliación Dotación. Descargar Documento