Subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S42328/15

Norma:

ORDEN FYM/822/2015, de 9 de septiembre. ORDEN FYM/1128/2015, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promocionar el desarrollo sostenible de las poblaciones que se encuentran en el interior de las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Corporaciones Locales
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento y Medio Ambiente (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Entidades Locales:

1.º Las entidades locales menores pertenecientes a los ayuntamientos de los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León.

2.º Entidades de carácter supramunicipal, legalmente creadas, de las que formen parte uno o varios de dichos ayuntamientos.

b) Entidades empresariales:

1.º Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de los citados Parques Nacionales, en el territorio de Castilla y León, y cuya actividad principal se desarrolle en la misma.

2.º Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

– Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa o de del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León.

– Cuando, residiendo en el área de influencia socioeconómica de uno de los citados Parques Nacionales en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, pretendan implantar su actividad en la misma.

– Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior de los Parques Nacionales de los Picos de Europa o de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León, actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de esos espacios.

c) Personas físicas: Las personas físicas residentes en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa o del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

d) Instituciones sin fines de lucro:

1.º Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa o del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en el ámbito de Castilla y León, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

2.º Las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales citados, constituidas en el territorio de Castilla y León para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

e) Otros:

1.º Las entidades de Derecho Público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa o del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en Castilla y León.

2.º Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior de los Parques Nacionales mencionados, en el ámbito de Castilla y León, que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dichos espacios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Podrán ser objeto de subvención las siguientes iniciativas:

a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, o sus instrumentos de planificación.

b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.

c) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación de los citados Parques Nacionales, incluido el impacto visual sobre la percepción estética de estos espacios ocasionado por infraestructuras preexistentes.

d) Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos de los Parques Nacionales.

e) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquéllas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local.

f) Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario y cuyo destino no cambie tras la realización de la actividad.

Para este tipo de iniciativa, cada peticionario de las subvenciones sólo podrá formular una solicitud por convocatoria y para un único inmueble.

g) Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional de los Picos de Europa y el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.

h) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la divulgación de los valores e importancia de los citados Parques Nacionales entre amplios sectores de la sociedad local.

i) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión de los Parques Nacionales en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables.

j) Iniciativas públicas o privadas expresamente previstas en los planes de desarrollo sostenible de estos Parques Nacionales o en la Agenda 21 de cualquiera de los municipios de Castilla y León que conforman el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa y del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.

Documentos asociados

Boletín: 08/10/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 196
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/12/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento