Subvenciones en especie para los/las tecnicos/as de las entidades colaboradoras de la Direccion General de Economia Cooperativa y Creacion de Empresas para participar en el curso de formacion superior universitaria en materia de creacion de empresas, reguladas por la Orden TRE/341/2008, de 9 de julio, y convocatoria para presentar solicitudes para el 2010.

Código de ayuda:

S43300/09

Norma:

ORDEN TRE/277/2009, de 15 de mayo. Orden TRE/341/2008, de 9 de julio. ORDEN TRE/166/2010, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen jurídico de las subvenciones en especie para participar en el curso de formación universitaria en materia de creación de empresas, dirigido a los/as técnicos/as asesores/as de las entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Cooperativa y Creación de Empresas,
reguladas por la Orden TRE/143/2010, de 5 de marzo.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los/las técnicos/as y los/las responsables técnicos/as de las entidades colaboradoras de la Dirección General de Economía Cooperativa y Creación de Empresas, que regula la Orden TRE/143/2010, de 5
de marzo, y que estén incluidos/as en los planes de trabajo presentados por estas entidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Subvención en especie para la asistencia y participación en el curso de formación superior universitaria en materia de creación de empresas. El importe máximo equivalente a la matricula del curso es de 2.995 euros. Esta cantidad se puede actualizar mediante resolución del/la director/a general de Economía Cooperativa y Creación de Empresas.

Requisitos:

a) En el momento de la presentación de la solicitud, ser técnico/a asesor/a de una entidad colaboradora, según lo que se prevé en el artículo 3 de esta Orden.

b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (apartados 2 a 7).

d) No haber sido sancionados/as, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

e) Cumplir los requisitos específicos que se determinan en esta Orden.

f) Cumplir cualquier obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlas.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5392
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/07/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5172
Documento: Orden TRE/341/2008 Descargar Documento
Boletín: 26/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5596
Documento: Modificaciones y Convocatoria 2010 Descargar Documento