Subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S21182/18

Norma:

Decreto 23/2018, de 24 de abril. Resolución de 21/12/2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del talento”. La finalidad del presente decreto es facilitar a las y los titulados castellanomanchegos, que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, el retorno a la región, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o que continúen su formación profesional en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1: La cuantía de la subvención por la formalización de los contratos laborales subvencionables al amparo de la presente línea será de 10.000 euros.

Línea 2: La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 6.000 euros.

Línea 3: La cuantía máxima de la ayuda asociada al título “Pasaporte de vuelta” será de 3.000 euros. Serán subvencionables los gastos derivados de los siguientes conceptos:

a) Gastos de desplazamiento en transporte público: la cuantía máxima de la ayuda será el importe del billete o pasaje dentro de la tarifa correspondiente a la clase turista o equivalente de la persona beneficiaria, así como los de los familiares a su cargo que convivan con ella, desde la localidad de origen en el extranjero a la del nuevo destino.

b) Gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres, desde el extranjero hasta la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta línea de subvención las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar el proyecto o actuación subvencionable.

Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea de subvención las personas jóvenes menores de 35 años, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

c) Línea 3: “Pasaporte de vuelta”:

Podrán solicitar la emisión del título “Pasaporte de vuelta” las personas que hayan residido en España, de forma ininterrumpida, por un período mínimo de doce meses, dentro de los últimos diez años anteriores al 1 de enero de 2018 y estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que residan o trabajen en el extranjero en el momento de la solicitud del título.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, dirigidas a las empresas y entidades relacionadas en el artículo 10, que contraten a personas jóvenes castellanomanchegas que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de Castilla-La Mancha.

b) Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas jóvenes castellanomanchegas que hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad Autónoma, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

c) Línea 3: “Pasaporte de vuelta”, dirigido a las personas jóvenes castellanomanchegas que, residiendo en el extranjero, quieran retornar a la región y fijar en ella su residencia habitual. El “pasaporte de vuelta” constituye un título que implica un derecho, en expectativa, para la concesión de una ayuda destinada a sufragar los gastos asociados al traslado de la residencia habitual desde el extranjero hasta la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2018
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 86
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/01/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 3
Documento: Crédito disponible Descargar Documento