Subvenciones en el marco de la Estrategia de Innovacion en Aragon y se aprueba la convocatoria de varias lineas de subvencion.- Convocatoria 2011.- Corrección.- Modificación.

Código de ayuda:

S16528/11

Norma:

DECRETO 77/2011, de 22 de marzo. DECRETO 29/2013, de 6 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Consultar según línea de actuación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones en el marco de la Estrategia de Innovación en Aragón.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía individualizada de la subvención a otorgar o los criterios para su determinación se establecerán en la correspondiente convocatoria de acuerdo con el crédito disponible para cada línea de subvención.

2. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actuación o proyecto subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades en las que concurran los requisitos establecidos en cada una de las líneas de ayuda reguladas en este decreto y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada una de dichas líneas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación.

b) Ayudas a la movilidad de personas para la innovación.

c) Ayudas al establecimiento y certificación de sistemas de innovación.

d) Ayudas a la creación y funcionamiento de clusters o asociaciones empresariales.

e) Ayudas a la realización de proyectos de innovación colectiva de un cluster o asociación empresarial y de interclusters o interasociaciones empresariales.

f) Ayudas para inversiones a la innovación.

Requisitos:

- No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en el apartado 1 como beneficiarios.

- No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo que en cada momento disponga la legislación vigente en esta materia.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/04/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 76
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 15/03/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Modificación Descargar Documento