Subvenciones, en el ejercicio 2026, a proyectos de mediación cultural (Bitartez).
Código de ayuda:
S14264/26Norma:
ORDEN de 29 de abril de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 19 de junio de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 35.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones dirigidas a aquellos proyectos de mediación cultural comprometidos con las expresiones contemporáneas del ámbito cultural, y que incorporen elementos innovadores.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo que se conceda a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a 35.000 euros, ni, en ningún caso, al 70 % del presupuesto de gastos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Personas físicas y empresas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de personal:– Gastos de personal de gestión, dirección o coordinación.
– Gastos de personal artístico, técnico y de administración.
b) Contratación de terceros (servicios subcontratados).
c) Gastos de alojamientos y desplazamientos (de personas trabajadoras y responsables de la entidad).
d) Gastos en materiales para la actividad.
e) Gastos de comunicación.
f) Consumos de luz, agua, teléfono, gas, internet
Requisitos:
a) Estar dadas de alta en un epígrafe cultural del Impuesto sobre Actividades Económicas.El cumplimiento de dicho requisito será obligatorio para mantenerse en la condición de persona beneficiaria y, por tanto, se verificará su cumplimiento en el momento de efectuar la concesión y en el momento de realizar los pagos.
b) Es requisito para acceder a las subvenciones concedidas al amparo de estas bases estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los presupuestos Generales de Euskadi según lo establecido en la Orden 20/2023, de 21 de diciembre, reguladora del Régimen de Subvenciones y en los artículos 2,3 y 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del consejero de Economía y Hacienda.
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 92
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 92
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
