Subvenciones en el ejercicio 2017 a proyectos de mediación e innovación cultural y social (Convocatoria Bitartez).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00528/17

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de enero de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular y convocar subvenciones dirigidas a aquellos proyectos comprometidos con la investigación, la innovación y la contemporaneidad artística que desde la mediación y el trabajo en red favorezcan:

– El diálogo, la colaboración, la co-creación y/o la hibridación entre diferentes y la promoción del
talento para desarrollar al máximo el potencial creativo de nuestro entorno.

– Una mejor comunicación, relación e integración entre personas o grupos diversos presentes en el territorio.

– La utilización de entornos de trabajo y plataformas tecnológicas para ampliar los modos de colaboración, investigación y producción.

– La generación de nuevas vías de relación y mediación con las que dirigirse a participantes y públicos diversos, propiciando experiencias más significativas, diferenciales y cualitativas.

– El desarrollo de iniciativas que desde las prácticas culturales planteen estrategias de innovación
cultural y social.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a 40.000 euros, ni, en ningún caso, al 70% del presupuesto de gastos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones de la presente convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica propia que, en el momento de publicación de la presente Orden, tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que, hallándose en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, e independientemente de su forma jurídica, cumplan con los requisitos.

Requisitos:

a) Estar, en el momento de presentación de la solicitud, dados de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas.

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como de las obligaciones para con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 248
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento