Subvenciones en el ejercicio 2015 destinadas al programa «Kale antzerkia bultzatuz».

Código de ayuda:

S23464/15

Norma:

ORDEN de 24 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar las condiciones de concesión de subvenciones destinadas a financiar parte del gasto que ocasiona el desarrollo de programas de exhibición de las artes escénicas (teatro, danza y circo) realizados por compañías vascas en espacios públicos al aire libre durante el año 2015.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– El importe global destinado a estas subvenciones es de 75.000 euros y podrá verse incrementado en los términos recogidos en la disposición adicional primera.

2.– El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre los 5 procedimientos que comprende la presente convocatoria:

a) 20.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle en poblaciones de más de 20.000 habitantes.

b) 20.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle en poblaciones que tengan entre 20.000 y 10.001 habitantes.

c) 15.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle en poblaciones que tengan entre 10.000 y 5.001 habitantes.

d) 15.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle en poblaciones que tengan entre 5.000 y 1.000 habitantes.

e) 5.000 euros para la organización de programaciones de artes escénicas de calle en poblaciones menores de 1.000 habitantes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos o sus Organismos Autónomos locales, Entidades Públicas empresariales locales y Sociedades Mercantiles locales, cuyo capital social sea de titularidad pública, que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Disponer de espacios de representación apropiados, señalizados y acotados que cumplan todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente, así como un seguro de responsabilidad civil para los espectáculos que se programen y locales adecuados para utilizarlos como camerinos y vestuarios.

b) Disponer de una persona responsable que coordine todos los aspectos técnicos del programa.

c) Disponer de la partida presupuestaria correspondiente para poder asumir los gastos de contratación de las compañías o artistas participantes, así como de los gastos de producción derivados de los espectáculos.

Es requisito para acceder a las subvenciones previstas en la presente Orden no hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 84
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento