Subvenciones en el area de influencia socioeconomica del Parque Nacional de los Picos de Europa y en el territorio correspondiente al Principado de Asturias.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S54464/10

Norma:

Resolución de 3 de septiembre de 2010. Resolución de 17 de septiembre de 2010. Resolución de 12 de mayo de 2011. ResoluCión de 9 de agosto de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar públicamente la concesión de subvenciones para el ejercicio 2011 en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Iniciativas públicas:

— Ayuntamientos: 95.000 euros.

— Parroquias rurales: 20.000 euros.

— Entidades supramunicipales: 20.000 euros.

A estas cantidades podrá sumarse el 10% adicional en el caso de que se corresponda con proyectos que
contemplen la restauración de infraestructuras o bienes dañados por fenómenos naturales adversos habidos en Asturias durante el pasado mes de junio de 2010.

Iniciativas privadas: 18.000 euros.

En todo caso, para ambas iniciativas, públicas y privadas, la cuantía máxima del presupuesto subvencionable estará en función de la disponibilidad presupuestaria, teniendo en cuenta que un 15% de dicha disponibilidad se reservará para incrementar el porcentaje de subvención en aquellos proyectos que contemplen la restauración de infraestructuras o bienes dañados por fenómenos naturales adversos habidos en Asturias durante el pasado mes de junio, mediante el prorrateo entre este tipo de proyectos específicos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Entidades Locales (iniciativas públicas):

a) Los Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque
nacional de los Picos de europa en el territorio del Principado de asturias.

b) Las Parroquias rurales pertenecientes a dichos ayuntamientos.

c) Entidades de carácter supramunicipal, legalmente creadas, de las que formen parte uno o varios de dichos Ayuntamientos dentro del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de europa, en el territorio correspondiente al Principado de asturias.

2. Entidades empresariales (iniciativas privadas):

a) Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa y dentro del Principado de Asturias y cuya actividad principal se desarrolle en la misma.

b) Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

— Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica del Parque nacional de los Picos de europa y dentro del Principado de asturias.

— Cuando, residiendo en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, pretendan implantar su actividad en la misma, dentro del territorio del Principado de Asturias.

— Cuando, no residiendo en dicha área de influencia socioeconómica, vengan realizando en el interior del Parque Nacional y en el territorio del Principado de Asturias actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho Parque.

3. Personas físicas (iniciativas privadas):

a) Las personas físicas residentes y empadronadas los últimos tres años en el área de influencia
socioeconómica del Parque nacional de los Picos de europa en el territorio del Principado de asturias.

4. Instituciones sin fines de lucro (iniciativas privadas):

a) Las Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional, y en el territorio del Principado de Asturias, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

b) Las Asociaciones de Municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional,
constituida para la promoción de actividades de desarrollo sostenible con incidencia en el Parque nacional de los Picos de europa.

5. Otros:

a) Las entidades de Derecho Público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa.

b) Las agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior del Parque Nacional históricamente constituidas para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho Parque.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables las siguientes actuaciones de inversión ejecutadas en el área de influencia socioeconómica del Parque nacional de los Picos de europa, en el territorio correspondiente al Principado de asturias, con el siguiente orden de prioridad:

1. Iniciativas públicas:

A) Actuaciones destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten
un manifiesto valor ecológico, consistentes en conservación de los hábitats prioritarios y de las especies catalogadas, en este caso, de acuerdo con sus planes de gestión.

B) Actuaciones que contribuyan a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, tales como la utilización de energías renovables o acciones de ahorro y eficiencia energética, en edificios y equipamientos públicos.

C) Actuaciones orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética ocasionado por infraestructuras preexistentes. Concretamente sólo se subvencionarán las siguientes:

— Limpieza de ríos.

— soterramiento de cableados.

D) Iniciativas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la
finalidad y objetivos del Parque Nacional; concretamente:

— Infraestructuras ganaderas (mangas, potros, abrevaderos, apriscos, cierres de protección de despeñamientos).

— Rehabilitación de elementos etnográficos.

E) Iniciativas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación o mejora de los servicios prestados por la
administración local.

2. Iniciativas privadas:

A) Iniciativas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural siempre que presenten un manifiesto valor ecológico; asimismo iniciativas que garanticen la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional; en particular la producción y comercialización de productos artesanales.

B) Iniciativas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética de los mismos ocasionado por infraestructuras preexistentes; en particular la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios. asimismo, todos aquellos proyectos que contemplen la restauración por daños causados por fenómenos naturales adversos.

C) Mantenimiento o recuperación en las edificaciones que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.

D) Infraestructuras ganaderas (mangas, potros, abrevaderos).

E) Otras actuaciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/09/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 221
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/05/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 115
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/08/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 190
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento