Subvenciones en el año 2011 para la realizacion de Talleres de Empleo.

Código de ayuda:

S02700/11

Norma:

ORDEN 4605/2010, de 29 de diciembre. ORDEN de 14 de noviembre de 2001.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los gastos derivados de los proyectos formativos, y de los costes salariales de los alumnos/
as trabajadores/as, conforme se determina en las bases reguladoras de este programa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración. (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Módulo A: 3,27 euros/hora/alumno/a.

b) Módulo B: 0,90 euros/hora/alumno/a.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las siguientes entidades sin ánimo de lucro, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:

a) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid.

b) Entidades Locales de la Comunidad deMadrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades Locales.

c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.

d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de los proyectos formativos, y de los costes salariales de los alumnos/ as trabajadores/as.

Requisitos:

Las entidades solicitantes deberán respetar los siguientes límites en cuanto al número de alumnos/as de Talleres de Empleo solicitados en la convocatoria, en uno o más proyectos, y para ambos llamamientos:

a) El número mínimo de alumnos/as por proyecto será de16, no pudiendo existir menos de ocho alumnos/as, ni más de 16, por cada especialidad formativa. El número máximo de alumnos/as por proyecto será de 24.

b) El número máximo de alumnos/as por entidad, en función de la localidad donde vaya a ejecutarse el taller de empleo y del tipo de entidad, incluidas en el caso de las Corporaciones Locales, sus entidades vinculadas o dependientes, se ajustará a la siguiente escala, para el conjunto de todos los proyectos presentados a la convocatoria:

— Ayuntamiento de Madrid: 400 alumnos/as.

— Ayuntamientos de más de 100.000 habitantes (excepto Madrid): 96 alumnos/as.

— Ayuntamientos de más de 40.000 habitantes y hasta 100.000: 48 alumnos/as.

— Ayuntamientos de más de 10.000 habitantes y hasta 40.000: 32 alumnos/as.

— Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes: 16 alumnos/as.

— Organismos públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad de Madrid: 32
alumnos/as.

— Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro: 16 alumnos/as.

— Mancomunidades: 32 alumnos/as.

El número de habitantes de cada localidad será el aprobado por el Real Decreto 1918/2009, de 11 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2009 (“Boletín Oficial del Estado” número 309, de 24 de diciembre de 2009).

En cada solicitud, el proyecto presentado podrá incluir más de una especialidad formativa, pero estas deberán corresponder a la misma área de actividad prioritaria del Anexo VI de esta Orden.

No podrán ser beneficiarios las entidades que estén incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 21/01/2001
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 279
Documento: ORDEN de 14 de noviembre de 2001. Descargar Documento
Boletín: 14/01/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 11
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento