Subvenciones, en el año 2009, por el Instituto Navarro para la Igualdad, a Entidades Locales de Navarra para el desarrollo del programa "Pactos Locales por la Conciliacion".

Código de ayuda:

S28300/09

Norma:

ORDEN FORAL 85/2009, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones del Instituto Navarro para la Igualdad a proyectos de entidades locales de Navarra, con el objetivo de desarrollar el programa ‘Pactos locales por la Conciliación’, durante el año 2009.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión se efectuará según los criterios económicos establecidos a continuación:

La cuantía máxima de subvención por proyecto presentado será de 9.000 euros.

Según la puntuación obtenida en el baremo, se subvencionará:

–100 por cien de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan según los criterios de valoración una puntuación entre 80 y 100 puntos.

–80 por ciento de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan según los criterios de valoración una puntuación entre 66 y 79 puntos.

–60 por ciento de la cuantía solicitada para los proyectos que obtengan según los criterios de valoración una puntuación entre 50 y 65 puntos.

Las subvenciones se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria habilitada. La cuantía que corresponda a cada entidad beneficiaria se concederá teniendo como orden de prelación la puntuación obtenida en la valoración.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria las entidades locales de la Comunidad Foral Navarra firmantes y coordinadoras de “Pactos Locales por la Conciliación”.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Todos los proyectos deberán favorecer directa o indirectamente la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de mujeres y hombres en la localidad y estarán incluidos en el Pacto Local por la Conciliación y/o aprobados por las entidades firmantes.

Podrán incluirse, entre otras, las siguientes actividades:

a) Acciones de sensibilización y formación para el cambio de valores hacia la corresponsabilidad.

b) Pactos entre mujeres y hombres para la corresponsabilidad.

c) Desarrollo e implantación de nuevas formas de gestión del tiempo.

d) Creación y apoyo a recursos y servicios municipales que faciliten la conciliación de la vida personal, profesional y familiar.

Número de proyectos subvencionables.

a) Las entidades locales que han firmado Pactos referidos a una sola localidad, podrán solicitar subvención para un solo proyecto.

b) Las entidades locales que han firmado Pactos de forma mancomunada, podrán solicitar subvención para dos proyectos, siempre y cuando la propuesta de los mismos se base en las características diferenciadas de las localidades donde se desarrollan.

Las ayudas estarán destinadas exclusivamente a financiar los siguientes conceptos de gasto:

a) Gastos de asistencia técnica.

En este apartado se subvencionará exclusivamente la contratación de empresas que certifiquen que el equipo responsable del proyecto cuenta con personas con formación y experiencia en materia de políticas de igualdad siendo estas responsables directas de su ejecución.

b) Honorarios de profesionales que, para el desarrollo del proyecto subvencionado, hayan gestionado los recursos y servicios municipales que faciliten la conciliación de la vida personal, profesional y familiar.

c) Materiales fungibles para el desarrollo de la actividad.

d) Alquiler puntual de autobuses, de locales, de sillas, proyectores, pantallas y otro material informático o de proyección.

e) Publicidad (folletos, carteles, prensa, radio).

5. Proyectos y gastos no subvencionables:

Quedan excluidos del ámbito de la presente convocatoria los siguientes proyectos o conceptos de gasto:

a) Nóminas de personal municipal, de ludotecas, centros cívicos, centros de mayores, residencias, etc.

b) Actividades que puedan ser objeto de convocatorias específicas previstas por otros Departamentos del Gobierno de Navarra.

c) Creación o mantenimiento de infraestructuras, recursos o ayudas para la conciliación contemplados en otras convocatorias o Programas del Gobierno de Navarra o de ámbito estatal.

d) Charlas informativas sobre cuestiones legales de cualquier materia que pueden solicitarse de forma gratuita al Instituto Navarro para la Igualdad.

e) Todas aquellas actuaciones que el Instituto Navarro para la Igualdad considere de su competencia prioritaria o de otros Departamentos, organismos o entidades públicas o privadas.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: Base Reguladora y Convocatoria 2009 Descargar Documento