Subvenciones en el ámbito del Área de Atención a las Personas, Gerencia de Servicios de Bienestar Social, Gerencia de Servicios de Igualdad y Ciudadanía y Gerencia de Servicios de Educación de la Diputación de Barcelona a favor de entidades sin ánimo de lucro.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S04355/14

Norma:

Barcelona, 31 de gener de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión,
cobro y justificación de las subvenciones que otorgue la Diputación de Barcelona a través del Área de Atención a las Personas, destinadas a financiar proyectos en materia de Igualdad y Ciudadanía, de Bienestar Social y de Educación que tengan como objetivo la inclusión social, la lucha contra la pobreza y la exclusión social, la compensación de déficits de apoyo social y de situaciones de vulnerabilidad, de la promoción de actitudes y capacidades de las personas y colectivos, el fomento de la igualdad los derechos y deberes entre todas las personas y colectivos, la equidad en el acceso a la educación, la mejora del éxito escolar y los
procesos de transición entre la escuela y el trabajo así como el fomento de las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos de aprendizaje.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Diputación Provincial de Barcelona (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe y porcentaje de las subvenciones individuales que se otorguen no excederá, en cualquier caso, del 50% del coste total los proyectos / actividades subvencionadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas legalmente constituidas que tengan que realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones
contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a] Actividades de prevención y detección de situaciones de riesgo social o de exclusión.

b] Actividades dirigidas a la atención de necesidades sociales de personas y familias.

c] Actividades socioeducativas dirigidas a niños ya adolescentes en riesgo de exclusión.

d] Actividades dirigidas a la prevención del consumo de drogas en adolescentes y jóvenes en riesgo de exclusión así como de apoyo a las familias.

e] Actividades de fomento de la autonomía personal, el envejecimiento activo, la atención y el apoyo a las familias cuidadoras de personas dependientes.

f] Actividades comunitarias y de fomento de redes y acciones para la inclusión social.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2014
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento