Subvenciones en el ámbito de las letras.- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S22246/18

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/885/2018, de 2 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/989/2018, de 8 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/554/2019, de 28 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/571/2019, de 28 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1108/2019, de 24 de abril. RESOLUCIÓN CLT/1109/2019, de 24 de abril. RESOLUCIÓN CLT/1126/2019, de 25 de abril. RESOLUCIÓN CLT/1129/2019, de 25 de abril. RESOLUCIÓN CLT/1130/2019, de 25 de abril.

Plazo de Solicitud:

Consultar según programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Subvenciones para actividades literarias:

La finalidad de esta línea es dar apoyo a las propuestas de actividades literarias.

2. Subvenciones para la edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano:

El objeto de esta línea de subvenciones es dar apoyo a la edición de obras literarias de especial interés cultural en lengua original catalana u occitana. Se incluye la producción y la edición de títulos individuales o de colecciones de obras de literatura en forma de libro o en otros soportes.

3. Subvenciones para proyectos que articulen los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas:

El objeto de estas bases es promover proyectos de actividades que, con continuidad durante el año natural de concesión de la subvención, den apoyo a los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas (escritores, traductores, críticos literarios, etc.).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Subvenciones para actividades literarias:

1. A la modalidad a) (creación) de la base 1.1, pueden optar las personas físicas y las agrupaciones de
personas físicas sin personalidad que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones que exigen las bases. En cualquier caso, no pueden haber recibido ninguna subvención por esta modalidad durante las cuatro convocatorias anteriores.

2. A la modalidad b) (traductores y traductoras) de la base 1.1, pueden optar las personas físicas y las
agrupaciones de personas físicas sin personalidad que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones que exigen las bases.

3. A las modalidades c) (investigación) y d) (recursos digitales) de la base 1.1, además de los destinatarios previstos en el apartado 2.1, pueden optar las entidades privadas sin finalidad de lucro.

4. A la modalidad e) de la base 1.1 (actividades de promoción) pueden optar las entidades privadas sin
finalidad de lucro, la Administración local y los entes públicos que dependen de esta o vinculados a esta.

2. Subvenciones para la edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano:

Pueden optar a las subvenciones las empresas editoriales, ya sean personas físicas o jurídicas, con sede
social en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, cuando su proyecto tenga incidencia en Cataluña, con acreditación de distribución y comercialización.

3. Subvenciones para proyectos que articulen los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas:

Pueden optar a la modalidad a) de la base 1.2 las asociaciones profesionales creadas con el objetivo de
agrupar a los escritores en el ámbito lingüístico catalán y velar por sus intereses profesionales.

Pueden optar a la modalidad b) y c) de la base 1.2 las entidades privadas sin ánimo de lucro que actúen dentro del ámbito lingüístico catalán.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Subvenciones para actividades literarias.

a) Creación: para la creación de obras literarias en lengua catalana en todos los géneros y las modalidades, incluidos los textos teatrales y los guiones audiovisuales, tanto de autores consagrados como de nuevos creadores. Se subvenciona la dedicación del autor a la creación literaria.

b) En traductores y traductoras: para la traducción al catalán de obras literarias de especial relieve en otras lenguas. Se subvenciona la dedicación a la traducción.

c) Investigación: para la investigación sobre movimientos, obras y autores o autoras y crítica literaria de literatura catalana. Se pueden presentar proyectos destinados a ser publicados en forma de ensayos o
estudios, a ser desarrollados como recursos digitales o exposiciones o a hacer accesibles fondos literarios personales. Se excluyen expresamente los proyectos orientados a convertirse formalmente en tesis de licenciatura o doctorales. En caso de personas físicas, se subvenciona la dedicación a la investigación.

d) Recursos digitales: para la creación o la renovación de recursos genuinamente digitales —portales web, aplicaciones móviles (apps), libros digitales (e-books), documentales multimedia (webdocs), audiolibros, etc.- sobre literatura catalana.

No se consideran renovación las modificaciones que sean una simple actualización o mantenimiento de los
contenidos de los recursos en línea. No son subvencionables los portales ni las páginas web dedicados a la comunicación de proyectos literarios específicos. En el caso de personas físicas que no contratan a un tercero para ejecutar el proyecto, se subvenciona la dedicación a la creación o la renovación de recursos digitales.

e) Actividades de promoción: para actividades de promoción y difusión de la literatura en catalán que se hagan dentro de los territorios del dominio lingüístico. Se entiende por actividades de promoción y difusión la organización de jornadas y ciclos de conferencias, de festivales y espectáculos literarios, de rutas literarias y otras acciones sobre el patrimonio literario, etc.

2. Subvenciones para la edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano.

3. Subvenciones para proyectos que articulen los sectores profesionales en el ámbito de las letras catalanas:

a) Apoyo a las asociaciones profesionales creadas con el objetivo de agrupar a los escritores en el ámbito lingüístico catalán y de velar por sus intereses profesionales.

b) Apoyo a las entidades privadas sin ánimo de lucro que impulsan proyectos de forma regular y estable para favorecer el conocimiento de las letras catalanas y promover actividades de intercambio con otros sectores culturales.

c) Proyectos destinados a promover la figura primordial de un escritor impulsando diferentes actividades de forma regular y estable para alcanzar este objetivo.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2018
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Documento: Bases específicas 2018 Descargar Documento
Boletín: 28/05/2018
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Documento: Convocatoria 2019: actividades literarias Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2019: obras no literarias Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2019: productos tecnológicos Descargar Documento
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