Subvenciones, en el ambito de colaboracion con organos de la Administracion General del Estado y sus Organismos Autonomos y Entidades Publicas, organos de la Administracion de la Comunidad Autonoma de Cantabria y sus Organismos Autonomos y entidades dependientes, asociaciones, fundaciones y otras instituciones sin animo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autonoma de Cantabria, para la contratacion de trabajadores desempleados en la realizacion de obras y servicios de interes general y social.

Código de ayuda:

S11319/08

Norma:

Orden EMP/19/2008, de 12 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones de los costes laborales generados por la contratación, en el ejercicio económico 2008, por órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos y Entidades Públicas, órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus Organismos Autónomos y entidades dependientes, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ámbito de colaboración con aquéllos, como medio de adquisición de práctica profesional y la mejora de la ocupabilidad que faciliten la inserción laboral de aquéllos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos y Entidades Públicas, órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus Organismos Autónomos y entidades dependientes, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que contraten trabajadores desempleados para la ejecución de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

Requisitos:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención en el plazo y forma a tal efecto establecidos en la resolución administrativa de concesión.

b) A identificar convenientemente, de acuerdo con las características de la actuación, y hacer constar de forma expresa en las obras y servicios que se realicen en base a esta Orden, así como en cuanta publicidad se haga de las actividades subvencionadas, la colaboración del Servicio Cántabro de Empleo y la cofinanciación, en su caso, en un 50%, por el Fondo Social Europeo, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) número 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, relativo al Fondo
Social Europeo. Para ello se utilizará el modelo recogido en el anexo. En este sentido, junto con el emblema de la Unión Europea habrá de mencionarse la declaración “El FSE invierte en tu futuro”.

c) Justificar ante el Servicio Cántabro de Empleo el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como a
realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que hayan determinado la concesión o disfrute de la subvención. A tal efecto podrán solicitarse cuantos documentos justificativos sean necesarios para comprobar la aplicación de la subvención.

d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control subvencional a efectuar por el
Servicio Cántabro de Empleo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración del Página 2116 Martes, 19 de febrero de 2008 BOC - Número 35 Estado y de la Comunidad Autónoma, que sean necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos de acuerdo con lo establecido en esta Orden, la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, debiendo aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. Asimismo, los beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Orden se someterán a las acciones de control que efectúen, en su caso, los órganos de la Unión Europea, en razón de la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

e) Comunicar al Servicio Cántabro de Empleo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, procedentes de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como las alteraciones de los fines para los que se destina la subvención o de las condiciones que fueron tenidas en cuenta para su otorgamiento. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada los fondos percibidos.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago, así como con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos
electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 14 de esta Orden.

j) Facilitar al Servicio Cántabro de Empleo cuanta información requiera el seguimiento de las ayudas y, en particular, la intervención del Fondo Social Europeo respecto a las ayudas cofinanciadas.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 35
Documento: Bases y Convocatoria 2008. Descargar Documento