Subvenciones en el ámbito de colaboración con las entidades locales para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S47328/17

Norma:

ORDEN de 11 de septiembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de octubre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contratación de agentes de empleo y desarrollo local, en el ámbito de la colaboración de la Consellería de Economía, Empleo e Industria con las entidades locales, a través de los programas de cooperación, como instrumento para promover la configuración de una red especializada en la implantación de las políticas activas de empleo y la generación de empleo en el entorno local.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones que se concederán por cada agente de empleo y desarrollo local podrá ser, con el límite máximo de 27.046 euros anuales por cada contratación subvencionada y teniendo en cuenta la media de paro registrado en el año 2016 en su ámbito territorial de acuerdo con las estadísticas oficiales de la Consellería de Economía, Empleo e Industria:

a) La equivalente hasta el 35 por 100 de los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, cuando las entidades beneficiarias tengan una media de paro registrado en el año 2016 igual o superior a 500 personas desempleadas.

b) La equivalente hasta el 25 por 100 de los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, cuando las entidades beneficiarias tengan una media de paro registrado en el año 2016 inferior a 500 personas desempleadas.

c) La equivalente hasta el 80 por 100 de los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, cuando se trate de entidades beneficiarias, que aunque tengan una media de paro registrado en el año 2016 inferior a 500 personas desempleadas, la solicitud o las actuaciones previstas en el proyecto engloben, al menos, a tres ayuntamientos limítrofes o a dos en caso de que uno de ellos proceda de la fusión de ayuntamientos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones previstas en esta orden las entidades locales o entidades públicas dependientes o vinculadas a una Administración local siempre que todas ellas dispongan de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos y no incurran en las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 183
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/09/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 183
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento