Subvenciones en concepto de inversiones para la prestación de Servicios Sociales Especializados a los sectores de: “personas con enfermedad mental crónica” y “personas, carentes de apoyo familiar, con enfermedades graves crónicas”.

Código de ayuda:

S00328/05

Norma:

Orden 1778/2004, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones que se concedan a Instituciones sin fines de lucro para la prestación de Servicios Sociales Especializados, a los sectores de: “personas con enfermedad mental crónica” y “personas, carentes de apoyo familiar, con enfermedades graves crónicas”, con cargo al ejercicio 2005.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En concepto de reforma el importe de la cantidad subvencionada no podrá exceder de:
— Reforma de inmuebles para creación de centros:
 Centros residenciales: 42.000 euros.
 Centros de atención diurna: 18.000 euros.
 Pisos tutelados: 9.000 euros.
— Reforma de centros en funcionamiento:
 Centros residenciales: 29.400 euros.
 Centros de atención diurna: 12.000 euros.
 Pisos tutelados: 6.000 euros.

El importe de las cantidades a conceder en concepto de equipamiento inicial se fijarán en función del considerado, por parte de la Consejería, como necesario para su puesta en funcionamiento, no pudiendo exceder el importe de la cantidad subvencionada de:
— Equipamiento de centros de nueva creación:
 Centros residenciales: 29.400 euros.
 Centros de atención diurna: 15.000 euros.
 Pisos tutelados: 8.000 euros.

Para el resto de los equipamientos se tendrá en cuenta el tipo de centro, los servicios que se prestan y el volumen de población atendida, no pudiendo exceder el importe de la cantidad subvencionada de:
— Equipamiento de centros en funcionamiento:
 Centros residenciales: 24.500 euros.
 Centros de atención diurna: 10.200 euros.
 Pisos tutelados: 4.200 euros.
— Equipamiento de Servicios en funcionamiento: 4.200 euros.

No se tendrá en cuenta como gasto imputable a la subvención el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será excluido de la cuantía de subvención propuesta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones sin fines de lucro deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
1. Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid.
2. Disponer de la autorización administrativa correspondiente para los centros o servicios para los que se solicite subvención.
3. Estar exentas de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.

Se excluyen de esta convocatoria los centros y servicios de las áreas de atención al Sida y Alzheimer.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Reforma de inmuebles para la creación de centros.
2. Reforma de centros en funcionamiento en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes.
3. Equipamiento de centros de nueva creación, cuya construcción o reforma esté finalizada a 31 de octubre de 2005.
4. Equipamiento de centros en funcionamiento en la fecha de finalización del período de presentación de solicitudes.
5. Equipamiento de Servicios dirigidos a la atención de “personas con enfermedad mental crónica”, en funcionamiento en la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 7
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 10/01/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 7
Documento: Anexos Descargar Documento