Subvenciones en concepto de inversiones a instituciones sin fines de lucro cuyo objetivo es el apoyo a la familia.
Código de ayuda:
S08646/05Norma:
Orden 269/2005, de 28 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de inversiones para la reforma o equipamiento de inmuebles destinados a centros o servicios de apoyo a la familia.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Inversiones Materiales y Equipos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En concepto de reforma, el importe de la cantidad subvencionada no podrá exceder de 15.000 euros.En concepto de equipamiento, el importe de la cantidad subvencionada no podrá exceder de 10.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin fin de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La reforma o equipamiento de inmuebles destinados a centros o servicios de apoyo a la familia, a través de:- Reforma de inmuebles para la creación de centros o servicios de apoyo a la familia, priorizándose las reformas imprescindibles
en materia de seguridad, higiene y eliminación de barreras arquitectónicas, conforme a la normativa vigente.
- Reforma de los inmuebles destinados a centros o servicios de apoyo a la familia, en funcionamiento en la fecha de finalización
del período de presentación de solicitudes, priorizándose las reformas imprescindibles en materia de seguridad, higiene y eliminación de barreras arquitectónicas, conforme a la normativa vigente.
- Equipamiento inicial de inmuebles destinados a centros o servicios de apoyo a la familia.
- Equipamiento de inmuebles destinados a centros o servicios de apoyo a la familia, en funcionamiento en la fecha de finalización
del período de presentación de las solicitudes.
Requisitos:
1. Carecer de ánimo de lucro.2. Estar inscritas en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, con anterioridad a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
3. Disponer de la autorización administrativa correspondiente para los centros o servicios para los que se solicita la subvención.
4. No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
5. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
05/03/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 54
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 54
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
05/03/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 54
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 54
Documento: Anexos Descargar Documento