Subvenciones en actuaciones dentro de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (e4+): mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S65964/09

Norma:

Orden 41/2009 de 14 de octubre. Resolucion nº 357, de 2 de noviembre. Resolucion nº 127 de 18 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, en la actuación Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes, de acuerdo con la Orden 41/2009, de 14 de octubre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en actuaciones dentro de la Estrategia Ahorro y Eficiencia Energética (E4+): Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.

Serán subvencionables todas las actuaciones iniciadas por los beneficiarios a partir del 1 de enero de 2010, siempre y cuando las solicitudes se presenten dentro del plazo establecido en la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Con carácter general la cuantía será del 22% del coste elegible.

b) Cuando estas medidas se realicen en un edificio con objeto de alcanzar una calificación energética A ó B de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, la cuantía de la ayuda será del 27% para edificios de clase energética B y del 35% para edificios de clase energética A.

c) La cuantía de la ayuda para la realización de la auditoria energética o diagnóstico energético previo, de la ingeniería requerida para calificar energéticamente el edificio o de la inspección periódica de eficiencia energética, será del 60% de su coste, siempre que se ejecuten total o parcialmente las medidas propuestas.

d) Las auditorías energéticas o diagnóstico energéticos previos para poder ser subvencionados deben ser realizados y firmados por Técnico Titulado Competente y ser visados en el colegio profesional correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas privadas que se ajusten a la definición de PYME según la Recomendación de la Comisión 2003/3/361/ CE de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

b) Comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

c) Personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

d) Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerará como coste elegible la auditoria energética o diagnóstico energético previo, el proyecto de ingeniería en la parte correspondiente a esta medida, el coste de materiales, equipos e instalaciones y obra civil necesarios para realizar esta medida. Cuando esta medida se realice en un edificio con objeto de alcanzar una calificación energética según la normativa vigente o se derive de la inspección periódica de eficiencia energética del RITE, el coste elegible también incluirá el coste de la ingeniería requerida para calificar energéticamente el edificio y de la inspección periódica de eficiencia energética.

Documentos asociados

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