Subvenciones en actuaciones dentro de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (E4+) en el sector transporte: cursos de conducción eficiente de vehículos - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S65955/09

Norma:

Orden 40/2009 de 14 de octubre. Resolucion 344/2009 de 30 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, para proyectos de utilización y sustitución racional de fuentes de energía dentro de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4+).

Categorías Subvención

  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En cursos dirigidos a conductores de turismos y furgonetas de menos de 3500kg de MMA: 80 euros por alumno formado.

b) En cursos dirigidos a profesores de autoescuela que se dediquen a la formación de conductores de turismos y furgonetas de menos de 3500kg de MMA: 125 euros por alumno formado.

c) En cursos dirigidos a conductores de vehículos industriales (autobuses y camiones):

1º.- 240 euros por alumno formado de flotas privadas.
2º.- 300 euros por alumno formado que perteneciente a la administración pública.

d) En cursos dirigidos a profesores de autoescuela que se dediquen a la formación de conductores de vehículos industriales: 300 euros por alumno formado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la presente subvención, las empresas incluidas en cada rama de actividad del
sector industrial manufacturero que se ajusten a la definición de PYME (según la Recomendación de la Comisión 2003/3/361/CE de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas), excluyendo las ramas de actividad que integran el sector de Transformación de la Energía y que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Sólo será subvencionable el gasto que responda de manera indubitada a aquellos conceptos que, siendo
subvencionables, hayan sido efectivamente previstos en la correspondiente resolución de concesión.
A estos efectos, en los justificantes que se incorporen se describirá detalladamente el concepto facturado
relacionándolo con el objeto de la subvención.

No será necesaria la acreditación del pago de los gastos subvencionados para considerar que éstos han sido efectivamente realizados.

2. Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. No serán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Para que sean gasto subvencionable habrá de aportarse declaración responsable de exención del impuesto correspondiente.

Requisitos:

a) Podrán tratarse de personas físicas o jurídicas.

b) Deberán tener conocimiento de las técnicas de conducción eficiente y acreditar experiencia en este tipo de formación.

c) Deberá seguirse el manual y el folleto de reglas básicas de conducción eficiente facilitado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía ( I D A E).

d) Deberá disponer de, al menos un vehículo, de la categoría correspondiente al curso a impartir, dotado de medidor de consumo.

e) Deberán tener conocimiento de las técnicas de conducción eficiente y acreditar experiencia en este tipo de formación. Deberán disponer de, al menos un formador, con conocimientos de las técnicas de conducción eficiente y con experiencia en este tipo de formación. Como mínimo deberán acreditar haber recibido 50h en cursos de conducción eficiente por entidades de reconocido prestigio (IDAE o similar) y haber impartido 50h en cursos de conducción eficiente como formadores.

f) Los cursos deberán ser impartidos en territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 129
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/11/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 136
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento