Subvenciones, durante el ejercicio 2017, para fomentar el asociacionismo y potenciar la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S46764/16

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2016. RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución la regulación de las subvenciones a conceder por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer a asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro y fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea el de la promoción de las mujeres, para la realización de proyectos concretos relacionados con los fines y objetivos del Instituto en el ejercicio de 2017 en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión de las ayudas se realizará mediante el análisis de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, pudiéndose financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones reguladas por la presente Resolución, siempre que la actividad se desarrolle en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y tengan su domicilio social en dicha Comunidad, las asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de asociaciones de Euskadi, y las fundaciones cuyo único fin y ámbito de actuación sea la promoción de las mujeres y estén incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y que cumplan los requisitos dispuestos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programas de difusión de los derechos de las mujeres desde la diversidad, de la historia del movimiento de mujeres y del pensamiento feminista, en especial desde el marco internacional de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW).

b) Programas de generación de referencias y genealogías de las mujeres.

c) Programas de actividades orientados a dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres que contribuyan a su empoderamiento y que creen, fomenten y fortalezcan las redes de asociaciones de mujeres que trabajen a favor de la igualdad de mujeres y hombres especialmente aquellos programas que contemplen la diversidad.

d) Programas para potenciar, mediante la realización de actividades, la participación de todas las mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural, fomentando el asociacionismo de éstas, así como la coordinación del movimiento asociativo existente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

e) Programas de información y sensibilización social sobre la igualdad de mujeres y hombres, así como iniciativas que promuevan una imagen igualitaria, diversa y no estereotipada de las mujeres y los hombres en los medios de información y comunicación.

f) Programas que fomenten la corresponsabilidad de los hombres en las tareas y responsabilidades domésticas y de cuidados, y que persigan un reparto más racional e igualitario del tiempo personal, social, familiar y laboral.

g) Programas formativos en materia de igualdad en los diferentes ámbitos: educación, cultura, deporte, formación-empleo, salud, participación social, diversidad etc.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 229
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/02/2017
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 23
Documento: Ampliación plazo solictud Descargar Documento