Subvenciones durante el ejercicio 2011 dentro del programa «Fabricas de Creacion».- Corrección.
Código de ayuda:
S35928/11Norma:
ORDEN de 14 de junio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las subvenciones para el desarrollo de propuestas dentro del programa «Fábricas de Creación» para el año 2011 y aprobar la normativa específica para cada una de las modalidades de subvención.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.- Modalidad Sorgune:El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a ciento veinte mil (120.000) euros.
2.- Modalidad Ikertu:
La cuantía destinada a las subvenciones de la presente modalidad es de cien mil (100.000) euros que se distribuirá en veinte ayudas de cinco mil (5.000) euros cada una.
3.- Modalidad Arragoa:
El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a sesenta mil (60.000) euros, ni, en ningún caso, la subvención
concedida podrá superar el 65% del coste de la actividad para la que se solicita la misma.
4.- Modalidad Agertu:
No se podrá derivar sobrefinanciación alguna del otorgamiento de las subvenciones, ni las mismas podrán superar las siguientes cantidades:
a) Presentación de proyectos: 2.000 euros.
b) Exhibición de productos: 6.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1.- Modalidad Sorgune:Aquellas personas físicas o jurídicas privadas que tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y que hallándose en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, e independientemente
de su forma jurídica, cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que sean titulares, o en su caso, gestionen o exploten centros de creación que promuevan o alojen alguna de las actividades subvencionables.
b) Que dichos centros estén radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
c) Que acrediten su capacidad y adecuación para la realización de la actividad que corresponda.
d) Que estén dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe relativo a las actividades a realizar en el centro.
2.- Modalidad Ikertu:
Aquellas personas físicas nacidas en la Comunidad Autónoma del País Vasco o que a la fecha de publicación de la presente Orden se encuentren empadronadas, con al menos un año de antigüedad, en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y así lo justifiquen mediante el
correspondiente certificado de nacimiento o de empadronamiento, respectivamente.
3.- Modalidad Arragoa:
Las personas físicas y jurídicas privadas que tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén dadas de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas relativo a alguno de las actividades pertenecientes a los bloques subvencionables entre las que el proyecto presentado plantea la intersección.
Asimismo, podrán presentarse proyectos desarrollados en cooperación, en cuyo caso, la solicitud deberá hacerla tan solo uno de los participantes.
4.- Modalidad Agertu:
Las personas físicas y jurídicas privadas que tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén dadas de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas relativo a alguno de las actividades pertenecientes a los bloques subvencionables entre las que el proyecto presentado plantea la intersección.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Subvenciones destinadas a aquellos centros de creación que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo II (Modalidad «Sorgune»).b) Subvenciones destinadas al diseño de proyectos que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo III (Modalidad «Ikertu»).
c) Subvenciones destinadas a la realización de productos creativos que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo IV(Modalidad «Arragoa»).
d) Subvenciones destinadas a la movilidad de proyectos y productos que cumplan con las condiciones exigidas y en los términos que se establecen en el Capítulo V (Modalidad «Agertu»).
Documentos asociados
Boletín:
24/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
15/07/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 135
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 135
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento