Subvenciones dirigidas a promover nuevas contrataciones por organización del tiempo de trabajo. Y modificación.
Código de ayuda:
S09164/06Norma:
RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2006. RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2006.Plazo de Solicitud:
2 meses desde que sea efectiva la acción concreta. Como máximo, hasta el 30 de junio de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2006 la concesión de subvenciones dirigidas a promover nuevas contrataciones por organización del tiempo de trabajo, contenidas en el III Plan Regional de Empleo de Castilla y León en los siguientes programas, de acuerdo con su regulación específica:• Programa I: Fomento de la contratación por sustitución de horas extraordinarias.
• Programa II: Fomento de la contratación por la reordenación de la jornada.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
PROGRAMA I: FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS.- Serán beneficiarios de este Programa las personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes, con ámbito de actuación en la Comunidad de Castilla y León, que sustituyan la realización de horas extraordinarias mediante nuevas contrataciones dirigidas a este fin siempre que los trabajadores sean contratados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
- Las contrataciones reguladas en este Programa habrán de referirse a alguno de los siguientes colectivos:
• Jóvenes inscritos como desempleados menores de 25 años que no hayan cumplido de forma continuada su 6º mes de desempleo.
• Mayores de 25 años inscritos como desempleados que no hayan cumplido de forma continuada su 12º mes de desempleo.
• Discapacitados inscritos como desempleados.
• Perceptores de ingresos mínimos de inserción.
• Inmigrantes de países no pertenecientes a la Unión Europea, inscritos como desempleados.
La edad y antigüedad en desempleo a tener en cuenta será la que tenga el beneficiario o el destinatario, en su caso, en el momento del alta en la Seguridad Social.
PROGRAMA II: FOMENTO DE LA REORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO.
- Serán beneficiarios de este Programa aquellas personas físicas o jurídicas, con o sin ánimo de lucro y comunidades de bienes, con ámbito de actuación en la Comunidad de Castilla y León, que:
a) Formalicen contratos de relevo o que transformen los contratos de relevo celebrados en indefinidos.
b) Formalicen nuevos contratos indefinidos como consecuencia del reparto del tiempo de trabajo a través de acuerdos con los representantes legales de los trabajadores en la empresa o Convenios Colectivos de empresa o de sector, dirigidos a conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo ya sea estableciendo nuevos turnos de trabajo, estableciendo un tratamiento específico de jornada a aquellos trabajos que por su complejidad así lo requieran, reduciendo la jornada ordinaria de trabajo, etc.
c) Formalicen contratos indefinidos en sustitución de aquellos trabajadores que se jubilan anticipadamente a partir de los 60 años.
También podrán ser beneficiarios aquellos trabajadores que, cumpliendo todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación excepto la edad acceden a la jubilación parcial, aun cuando el empresario no solicite subvención por el contrato de relevo que necesariamente debe acompañar a la situación de jubilación parcial subvencionable.
- Las contrataciones reguladas en este Programa podrán realizarse con todas aquellas personas que se encuentren inscritas como desempleadas en el Servicio Público de Empleo en el momento inmediatamente anterior al alta en Seguridad Social o con aquellos trabajadores temporales de la empresa con los que se formalice un contrato de relevo o una transformación de un contrato de relevo en indefinido.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
PROGRAMA I: FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS.Fomentar la sustitución de las horas extraordinarias mediante la celebración de nuevas contrataciones dirigidas a este fin.
PROGRAMA II: FOMENTO DE LA REORDENACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO.
Incentivar la realización de nuevas contrataciones que se lleven a cabo como consecuencia de acuerdos alcanzados en el seno de la empresa referidos a la gestión del tiempo de trabajo, duración y redistribución de la jornada, incrementando el número de puestos de trabajo en las empresas de Castilla y León que, de forma voluntaria, se acojan a las medidas contenidas en este programa.
Documentos asociados
Boletín:
30/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 63
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
08/09/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 174
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 174
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