Subvenciones dirigidas a los entes locales para la realización de inversiones para la ejecución de actuaciones de abastecimiento en alta y para la redacción de proyectos constructivos de actuaciones de abastecimiento en alta.

Código de ayuda:

S24600/25

Norma:

Resolución TER/2974/2025, de 28 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 15 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre la convocatoria para conceder subvenciones dirigidas a los entes locales para la realización de
inversiones para la ejecución de actuaciones y la redacción de proyectos de abastecimiento en alta.

El objeto de la subvención es obtener una mejora general de las prestaciones de calidad y cantidad de las
redes locales de abastecimiento en alta.

La finalidad de la subvención es fomentar las políticas en el ámbito de territorio, medio ambiente y de apoyo a los entes locales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica. (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención se determina tomando en consideración la repercusión que la inversión elegible de la actuación a ejecutar u objeto del proyecto constructivo supondría sobre las tarifas del servicio de abastecimiento en el supuesto que esta inversión tuviera que ser asumida íntegramente por el mismo servicio, y la población del núcleo beneficiado, de conformidad con el cálculo que establecen las bases reguladoras de la convocatoria, con el máximo que establecen las bases reguladoras en función del objeto de la solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones los entes locales o agrupaciones de entes locales de Cataluña titulares del
servicio de abastecimiento de agua o que presten el servicio de abastecimiento de agua o que ejecuten la
actuación o redacten el proyecto a los cuales se dirige la inversión objeto de subvención por delegación o
encargo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables las inversiones necesarias para garantizar una disponibilidad en alta
de 250 litros por habitante y día. Por lo tanto, en caso de que las dotaciones del servicio que se obtengan como consecuencia de la actuación sean superiores a este valor, se tiene que aplicar una reducción del importe del coste de la actuación correspondiente a un 1 % por cada 10 litros por habitante y día de exceso sobre la dotación de referencia, hasta un máximo del 50 % de reducción. Esta reducción no se aplica a las subvenciones otorgadas para la redacción de proyectos constructivos.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición que establecen los artículos 90 bis y 92 bis del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual, si la realización de la actuación objeto de la subvención utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor.

e) Cumplir el código ético anexo al Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la
modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de junio,
por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba el texto íntegro.

f) Cumplir la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9448
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/07/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9467
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento