Subvenciones dirigidas a las personas titulares de derechos de uso de agua para riego agricola sujetas al pago del canon de regulacion en la parte catalana de las cuencas intercomunitarias.
Código de ayuda:
S08037/08Norma:
RESOLUCION MAH/159/2008, de 23 de enero.Plazo de Solicitud:
Durante el plazo de un mes a contar desde el pago de la liquidación de canon de regulación.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de subvención el importe correspondiente a la cuota del canon de regulación a cuyo pago deben hacer frente las personas contribuyentes ubicadas en la parte catalana de las cuencas intercomunitarias y que exige el organismo de cuenca correspondiente.Únicamente se subvenciona el importe correspondiente a la cuota de los cánones de regulación que deben abonar los contribuyentes durante el período de vigencia del Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos, prorrogado por el Decreto 257/2007, de 27 de noviembre.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe que se debe subvencionar será el total del importe satisfecho de manera individual por cada una de las persones físicas o jurídicas solicitantes, debidamente acreditado mediante la correspondiente factura o liquidación.En el supuesto de que la persona solicitante haya recibido alguna subvención por el mismo concepto otorgada por alguna otra administración o entidad pública o privada, el porcentaje subvencionable se reducirá proporcionalmente, de manera que en ningún caso el importe de las diferentes subvenciones concedidas supere el importe total del gasto objeto de subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Pueden optar a las subvenciones las personas titulares de derechos de uso del agua para riego agrícola que cumplan los siguientes requisitos:a) Ser beneficiarias de obras de regulación en la parte catalana de cuencas intercomunitarias, estar sujetos al pago del canon de regulación y haber satisfecho el importe de la liquidación correspondiente al ejercicio 2008.
b) Haber realizado la campaña de riego comprendida entre el 1 de abril y el 30 de septiembre total o parcialmente dentro de un período de sequía, definido por la activación como mínimo del escenario de alerta establecido en el Plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía de la cuenca hidrográfica del Ebro o en el de la cuenca hidrográfica del Júcar, aprobados por la Orden MAM/698/2007, de 21 de marzo.
c) Haber realizado la campaña de riego comprendida entre el 1 de abril y el 30 de septiembre total o parcialmente dentro del período de vigencia del Decreto 84/2007, de 3 de abril, de adopción de medidas excepcionales y de emergencia en relación con la utilización de los recursos hídricos, y prorrogado por el Decreto 257/2007, de 27 de noviembre.
d) Padecer una reducción de al menos un 30% en la dotación de agua de riego, respecto a la dotación media de los últimos tres años.
e) No estar incluidas en el ámbito de aplicación de la exención del canon de regulación prevista en el el artículo 78.4 del Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, en relación con contribuyentes ubicados en las cuencas internas de Cataluña, o para contribuyentes ubicados en las cuencas intercomunitarias, en el
ámbito de aplicación de otra exención que establezca la normativa reguladora de este tributo.
Documentos asociados
Boletín:
04/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5062
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5062
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento