Subvenciones dirigidas a la realizacion de inversiones en ahorro energetico y la mejora de la eficiencia energetica en instalaciones pertenecientes a Entidades Locales, Universidades Publicas, Organismos Publicos y personas juridicas que no tienen la condicion de empresa ubicados en la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon.

Código de ayuda:

S76100/08

Norma:

ORDEN EYE/2193/2008, de 16 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Entre el segundo lunes y el octavo viernes posteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar la realización de inversiones con objeto de reducir el consumo energético y/o mejorar la eficiencia energética en los sectores edificación, transformación de la energía y servicios públicos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Comunidades de Propietarios.
b) Entidades o Asociaciones sin ánimo de lucro.
c) Entidades Locales.
d) Universidades Públicas.
e) Organismos que formen parte de la Administración Institucional, dependiente de cualquier Administración Pública.
f) Comunidades de Regantes.

Está excluida la Administración General, tanto nacional como autonómica.

Para que un Organismo perteneciente a la Administración Institucional dependiente de cualquier Administración Pública sea beneficiario, las actuaciones para las que se solicite subvención, deberán realizarse en edificios y/o instalaciones ubicadas en Castilla y León.

Asimismo, podrán ser beneficiarios, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades de bienes que puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos objeto
de subvención.

Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas públicas o privadas, sin personalidad, se debe hacer constar de manera explícita, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación y el importe de subvención que debe aplicar a cada uno de ellos, que también tienen la condición de beneficiarios. En todo caso deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos gastos que se generen por la compra y puesta en marcha de equipos e instalaciones energéticas.
Son subvencionables, así mismo, proyectos de ingeniería asociados, obra civil de implantación de equipos y montaje y puesta en marcha.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento