Subvenciones dirigidas a la realización de actividades de fomento de la lectura, la adquisición de material bibliográfico y la adquisición de equipamiento, destinadas a los centros de lectura públicos municipales de la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S31446/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2025. RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de diciembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y prorrateo, financiación de los gastos en que incurran las beneficiarias para la adquisición de equipamiento, con el fin de dotar de recursos a los centros de lectura públicos municipales integrados en la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Centros de lectura públicos

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La organización, realización y dinamización de actividades de difusión e impulso de la lectura, que tengan un efecto incentivador, a modo indicativo, no exhaustivo:
- Seminarios, encuentros, exposiciones y eventos de similares características relativos al fomento de la lectura.
- Presentaciones de libros, premios literarios, tertulias literarias, conferencias de escritores, encuentros con autores.
- Cuentacuentos.
- Talleres de animación lectora, recitales poéticos, lecturas dramatizadas, representaciones teatrales que incentiven la lectura, cinefórums.
- Clubes de lectura, concursos de personas lectoras organizados por los centros de lectura públicos.
- Campañas de difusión o márquetin bibliotecario.
- Formación de usuarios relacionadas con el uso de la biblioteca o de recursos de información.
- Programas de actuación biblioteca-escuela.

b) La participación o colaboración en las actividades indicadas en el apartado anterior de animación a la lectura o impulso del hábito lector.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades solicitantes:

a) En las que concurra alguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS se justificarán mediante la declaración responsable de la entidad solicitante, de conformidad con los modelos de documentación que se prevean en la correspondiente convocatoria.

b) Las que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, de conformidad con lo que establecen los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio.

Documentos asociados

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