Subvenciones dirigidas a la promocion de actividades deportivas federadas durante la temporada 2014-2015, dentro del ambito de las competencias del Instituto Municipal de Deportes (IME) del Ayuntamiento de Palma.

Código de ayuda:

S06419/15

Norma:

Palma, 30 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones para dar apoyo a las entidades federadas que participen en las diferentes competiciones federadas que organizan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades deportivas federadas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables son los siguientes gastos federativos de la temporada 2014 - 2015: licencia federativa y mutualidad de los jugadores y jugadoras de la entidad. Siempre y cuando sean abonadas a la federación correspondiente con cargo a los fondos propios y del club y, por tanto, no hayan sido abonadas a la federación por terceros.

Estos gastos deben corresponder al período comprendido entre el 1 de junio de 2014 y el 28 de febrero de 2015.

Los gastos han de estar vinculados a la temporada 2014–2015. En el caso de deportes cuya temporada transcurra en año natural, los gastos deben estar vinculados a la temporada 2015.

Requisitos:

a. Estar legalmente constituida de conformidad a la normativa vigente, registrada y activa en la fecha de inicio para la presentación de solicitudes.

b. Tener capacidad jurídica y de actuar.

c. Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.

d. Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

e. No haber estado sancionado, mediante resolución firme, con la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones de conformidad con esta u otras leyes que así lo establezcan.

f. Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma y no estar sometidos a ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.

g. No estar afectado por ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, así como el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones.

h. Encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro.

i. Ser una entidad sin ánimo de lucro.

j. Tener domicilio social en el municipio de Palma.

k. Participar en alguna competición organizada por una federación deportiva de las Islas Baleares.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento