Subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing».

Código de ayuda:

S29191/18

Norma:

ORDEN EYH/589/2018, de 30 de mayo. Orden de 25 de julio de 2018. ORDEN EEI/1276/2019, de 10 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas subvenciones es promover la realización de proyectos para la incorporación de técnicas de «Lean Manufacturing» en las PYME industriales de Castilla y León, para mejorar su productividad y competitividad, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de minimis, concedidas a una única entidad, no excederá de 200.000 euros, a lo largo de un período de 3 ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas subvenciones, los solicitantes deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing». Estos proyectos deberán:

– Elaborar un plan de actuaciones concreto, priorizado, específico y orientado a resultados.

– Desarrollar y ejecutar materialmente el citado plan de actuaciones dentro de los plazos establecidos en la convocatoria o los especificados en la resolución de concesión.

b) Proyectos de preparación para la implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing». Estos proyectos deberán:

– Elaborar un plan de actuaciones concreto, priorizado, específico y orientado a resultados, cuantificando las actuaciones necesarias para su ejecución, en los emplazamientos industriales que se contemplen.

En ambos casos, los proyectos se llevarán a cabo en uno o en varios emplazamientos industriales de la empresa en Castilla y León y abordarán uno o varios de los siguientes ámbitos:

– Reingeniería de flujos de materiales y procesos logísticos para lograr una mayor eficiencia.

– Disminución de tiempos y supresión de ineficiencias de una unidad productiva.

– Reingeniería de líneas de producción.

– Rediseño de la conceptualización y desarrollo de nuevos productos y procesos.

– La reducción de los defectos, rechazos y reprocesos.

Requisitos:

a) Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos previstos en la presente orden, las personas jurídicas que tengan la condición de PYME, conforme lo indicado en la base tercera, que esté válidamente constituida y que cuente con algún centro de trabajo en Castilla y León.

b) Desarrollar una actividad industrial. A los efectos de la presente orden, se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial si su actividad principal se encuadra en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), establecida por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril y la empresa tiene más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria de subvenciones que corresponda. Estas circunstancias se acreditarán mediante cualquier documento oficial en el que conste el código CNAE correspondiente a dicha actividad, tal como la tarjeta de identificación fiscal del beneficiario, la declaración censal, el impuesto de actividades económicas, etc.

c) Solicitar esta subvención para un proyecto subvencionable que cumpla los requisitos establecidos en la base séptima.

d) Participar en un único proyecto por convocatoria.

e) No estar incurso en alguna en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión.

g) No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Documentos asociados

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