Subvenciones dirigidas a la inclusión socio laboral, de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, dentro del Programa Eurovida Salud Mental, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), para el año 2026 (subprogramas 1.2, 1.3, 1.4 y 1.5).

Código de ayuda:

S12064/26

Norma:

Orden de 15 de noviembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2026. Programa 1.5 hasta el 15 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a conceder por el Servicio Murciano de Salud para el desarrollo del Programa EUROVIDA Salud Mental, a través de acciones destinadas a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas con trastorno mental grave y/o o adicciones (TMG/A) en proceso de recuperación, atendidas
en la red de salud mental del Servicio Murciano de Salud, mediante el desarrollo de itinerarios individualizados de inserción y otras actuaciones complementarias, que permitan desarrollar proyectos de vida autónoma e inclusiva, que eviten o reduzcan la institucionalización y discriminación de las mismas.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Salud (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima subvencionable para la contratación de las personas insertoras laborales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas, públicas o privadas, tales como entidades locales y sus organismos públicos, empresas y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Los gastos subvencionables para el desarrollo de la acción subvencionada se detallarán en las correspondientes convocatorias de las actuaciones cofinanciadas por el FSE+, y reunirán las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 31 de la LGS, teniendo en cuenta que son de aplicación las normas de admisibilidad del gasto establecidas.

2. Las modalidades de las subvenciones se corresponderán con las establecidas en el artículo 53 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 y se concretarán en las correspondientes convocatorias de las actuaciones cofinanciadas por el FSE+.

3. Cuando el coste total de una operación no sea superior a los 200.000 euros, la contribución proporcionada al beneficiario por el FSE+ adoptará la modalidad de costes unitarios, sumas a tanto alzado o tipos fijos.

4. En cada convocatoria se establecerá el período al que los gastos podrán ser imputados, siempre que reúnan los requisitos establecidos en esta Orden.

Requisitos:

Subprograma 1.2 Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado ordinario.

Subprograma 1.3. Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado protegido.

Subprograma 1.4. Establecimiento de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación como trabajadores/as autónomos/as.

Subprograma 1.5. Acciones de Acompañamiento a personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación vinculadas a itinerarios de inserción sociolaboral.

Documentos asociados

Boletín: 25/11/2023
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 273
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/04/2026
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 93
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 24/04/2026
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 93
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento