Subvenciones dirigidas a la ejecución de proyectos de I+D en el Principado de Asturias para el ejercicio 2018 (Programa RIS3-Asturias).

Código de ayuda:

S33246/17

Norma:

Resolución de 5 de junio de 2017. Resolución de 26 de junio de 2017. Resolución de 25 de junio de 2018. Resolución de 26 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones por el IDEPA, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas que lleven a cabo proyectos de I+D en el Principado de Asturias, debiendo los proyectos encuadrarse en las categorías de Investigación Industrial, Desarrollo Experimental o Estudios de Viabilidad, y tener como finalidad la obtención de nuevos productos, procesos o servicios nuevos o mejorados y encuadrarse en los campos de especialización definidos como prioritarios en la Asturias RIS3, pudiendo realizarse individualmente o en colaboración y desarrollarse en dos modalidades, directamente por la empresa o subcontratados íntegramente a un proveedor externo de I+D.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de ayudas en el ejercicio 2018 será de cuatro millones de euros (4.000.000,00 euros), con cargo al presupuesto del IDEPA, cuantía que ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno, en su reunión de 14 de junio de 2018.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que tengan uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente) quedando excluidos expresamente los empresarios individuales/autónomos, las empresas en crisis, las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2017
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Boletín: 04/07/2017
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Boletín: 04/07/2017
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Boletín: 02/07/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 152
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