Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S11046/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones en materia de protección civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Sublínea “A”: Vestuario.
— Sublínea “B”: Medios materiales y técnicos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concedida a cada entidad local beneficiaria podrá ser de hasta el 100% de la inversión prevista y solicitada, con un importe máximo individual de 5.000 euros para la Sublínea “A”.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Los municipios.
b) Las mancomunidades.
c) Las entidades locales menores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) En la Sublínea “A” (Vestuario): los inherentes a la adquisición de prendas, tanto básicas como complementarias, que conforman el uniforme que han de utilizar las personas integrantes de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil para el desempeño de sus funciones, así como los emblemas, divisas y distintivos incorporados al mismo.

b) En la Sublínea “B” (Medios materiales y técnicos): los inherentes a la adquisición de aquellos medios que las personas integrantes de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil utilizan para el mejor cumplimiento de las funciones que tienen atribuidas tales como, a título de ejemplo y sin que constituya “númerus clausus”, walkie talkies, linternas, silbatos, material de señalización, megáfonos, equipos electrógenos, tiendas de campaña para primeros auxilios... o cualquier otro de análoga naturaleza cuyas prestaciones estén directamente relacionadas con la protección civil y las emergencias y ligadas a la finalidad de la presente sublínea de subvención.

Requisitos:

a) Estar al corriente, antes de la propuesta de resolución de concesión de la subvención y de los correspondientes pagos, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Hacienda estatal y la Seguridad Social.

b) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiaria en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Contar, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

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