Subvenciones dirigidas a la dinamizacion de las areas comerciales de los municipios de la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon.

Código de ayuda:

S14891/15

Norma:

ORDEN EYE/245/2015, de 25 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de dinamización de las áreas comerciales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será por cada proyecto subvencionable de un 50% del presupuesto aceptado, con el límite máximo para dicho presupuesto de 55.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de comerciantes, Federaciones y Confederaciones de comercio de Castilla y León constituidas, sin ánimo de lucro, al menos un año antes de la publicación de las correspondientes convocatorias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos que redunden en beneficio del pequeño comercio minorista de las áreas comerciales objeto de actuación, entendiendo por áreas comerciales, a los efectos de las presentes bases, las zonas de comercio tradicional ubicadas al aire libre en los centros, barrios o en la totalidad del municipio.

Los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes categorías:

a) Proyectos innovadores que de forma integral recojan las actuaciones desarrolladas dentro del área comercial con la finalidad de promover la apertura de los establecimientos comerciales fuera de la práctica habitual, de aprovechar las sinergias entre el comercio y el turismo y otras actuaciones similares que potencien las sinergias del comercio con otros sectores de actividad.

b) Proyectos para la implantación de sistemas de gestión conjunta de los intereses del área comercial, como las centrales de compras o de prestación de servicios.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento