Subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S28428/18

Norma:

Orden de 29 de mayo de 2018. Resolución de 6 de julio de 2018. Orden de 29 de abril de 2019. Resolución de 8 de julio de 2019. Resolución de 15 de mayo de 2020. Resolución de 17 de julio de 2020. Resolución de 31 de marzo de 2021. Resolución de 17 de diciembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de enero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de las subvenciones es lograr la integración social y laboral y la mejora de la empleabilidad de personas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades, de entre los siguientes colectivos, a través del desarrollo de itinerarios individualizados de inserción:

· Personas gitanas.

· Personas reclusas y exreclusas.

· Personas en proceso de rehabilitación por problemas de adicciones.

· Personas que hayan sufrido violencia en la pareja o expareja.

· Personas beneficiarias de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social.

· Personas sin hogar.

· Personas que ejercen o han ejercido la prostitución.

· Cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad social acreditada.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Instituciones sin fin de lucro, con implantación en la Región de Murcia, en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.

Las entidades solicitantes deberán estar autorizadas por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.

Las entidades solicitantes deberán tener implantación en la Región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el programa presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio
precedente igual o superior a la mitad del importe total de los programas solicitados para esta línea de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La integración social y laboral y la mejora de la empleabilidad de las personas que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades.

Requisitos:

a. No estar incursas en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

b. Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c. Estar autorizada por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales, para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.

d. No haber sido objeto de sanción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e. Tener implantación en la Región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el programa presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente igual o superior a la mitad del importe total de los programas solicitados.

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