Subvenciones dirigidas a financiar gastos de funcionamiento y de desarrollo de las actividades de las academias.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S40182/13

Norma:

ORDEN JUS/264/2013, de 25 de octubre. ORDEN JUS/287/2013, de 12 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 27 de noviembre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a financiar gastos de funcionamiento y de desarrollo de las actividades realizadas durante el año 2013 por las academias con sede central en Cataluña.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Justicia, Derechos, y Memoria (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones no concedidas no puede ser, en ningún caso, de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste neto (resultante de la diferencia entre los ingresos y los gastos) de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las academias con sede central en Cataluña que tengan como finalidad principal la investigación en el campo de cualquier ciencia o arte.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los gastos de funcionamiento y de desarrollo de las actividades de las academias.

Requisitos:

- Estar inscritas en el Registro de Academias del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña.

- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y de sus obligaciones con la Seguridad Social. Este requisito se acredita mediante la suscripción del documento de declaración responsable que consta con el formulario de solicitud de la subvención.

La presentación de la solicitud de la subvención implica la autorización a la Administración de la Generalidad para la función de comprobación de oficio de los datos correspondientes.

- No haber recibido durante el año 2012 ayudas de la Administración de la Generalidad de Cataluña, de la Administración del Estado o de la Administración local por un valor superior a 60.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6491
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 21/11/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6506
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento