Subvenciones dirigidas a entidades de accion voluntaria para el fomento y la realizacion de actividades de voluntariado.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S15746/11

Norma:

Orden de 10 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria para el fomento y la realización de actividades de voluntariado durante el año 2011, excepto a las universidades gallegas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda por proyecto no podrá superar la cantidad de 6.000 euros, ni el 75% del presupuesto total del proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de acción voluntaria de Galicia, excepto las universidades gallegas, que realicen proyectos de
voluntariado durante el año 2011, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre, y que se desarrollen dentro de las áreas de actuación de la Ley 3/2000, de 22 de diciembre, del voluntariado de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los programas y actuaciones presentados por las entidades sin ánimo de lucro
siempre que desarrollen proyectos de acción voluntaria y que se realicen en el ámbito territorial de la
Comunidad Autónoma de Galicia, en alguna de las siguientes áreas:

a) Área de sensibilización: el objetivo de estos programas será el de difundir entre toda la sociedad gallega la importancia y el valor de la participación solidaria de carácter voluntario. Se trata de fomentar el voluntariado a través de actividades de sensibilización como:

-Desarrollo de jornadas, seminarios, charlas y actividades dirigidas a dar a conocer la realidad de las
entidades de acción voluntaria, así como la promoción y captación de voluntariado.

-Realización de campañas que fomenten la sensibilización de la sociedad gallega cara al voluntariado y
sus organizaciones.

-Estudios encaminados a conocer la realidad del voluntariado gallego en sus diferentes niveles de actuación (local, comarcal, etc.).

b) Área de formación: persigue una modernización y adaptación permanente de las entidades de acción voluntaria a la realidad social a través de estas líneas fundamentales:

-Formación de personas responsables de voluntariado y de las personas voluntarias.

-Fomento e incorporación de nuevas tecnologías dentro de las entidades como, por ejemplo, el diseño
y mantenimiento de páginas web.

c) Área de coordinación: las acciones fomentarán el trabajo en red y la coordinación entre las diferentes entidades incorporando de modo transversal las actuaciones desarrolladas en los diferentes campos del voluntariado.

Serán conceptos subvencionables los gastos corrientes que deriven de las actividades de voluntariado
realizadas y recogidas en el proyecto presentado e que se lleven a cabo desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2011, entre los que se incluyen la contratación laboral de personal técnico, los gastos derivados de desplazamientos del personal voluntario, os gastos de actividades inherentes al desarrollo
del proyecto, la contratación de personal experto, la adquisición de material fungible pero no inventariable,
los servicios de comunicación (telefónicos, postales e telegráficos) e los seguros de voluntarias o voluntarios.

Requisitos:

- Que las entidades estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades de Acción Voluntaria de Galicia en la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

-Tener sede permanente o domicilio social en Galicia e desenvolver los programas subvencionables en la Comunidad Autónoma gallega a través de voluntarias o voluntarios y profesionales.

-Tener debidamente contratados todos los seguros de responsabilidad civil y de accidentes de todas las
personas voluntarias para el año en curso en la fecha de presentación de la solicitud, acompañando esta
con las copias compulsadas de las pólizas correspondientes e de los justificantes de pago.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento