Subvenciones dirigidas a empresas del Principado de Asturias en el marco del Programa Cheque de Innovación.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S19655/15

Norma:

Resolución de 20 de abril de 2015. Resolución de 30 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/05/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), a pequeñas y medianas empresas que quieran incrementar su competitividad a través de, servicios de asesoramiento y asistencia técnica prestados por Centros de Innovación y Tecnología o, a través de
servicios de consultoría en el ámbito del diseño o la certificación prestada por empresas especializadas, en régimen de concurrencia competitiva, y siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y sus Bases Reguladoras.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto de los proyectos presentados deberá incluir un importe subvencionable mínimo de 10.000 € para la línea 3.1 y 8.000 € para las líneas 3.2. y 3.3 e inferior a 18.000 €.

1. Línea de Asesoramiento Tecnológico.

Los proyectos subvencionables deberán tener un importe subvencionable mínimo de 10.000 euros y máximo de 18.000 euros (IVA no incluido). Se subvencionará hasta el 75% del precio del asesoramiento en innovación tecnológica contratado con el CIT. El cheque de innovación, con independencia del precio contratado, tiene un valor de 7.500 euros.

2. Línea de Consultoría para la Certificación y línea de Diseño.

Los proyectos subvencionables deberán tener un importe subvencionable mínimo de 8.000 euros y máximo de 18.000 euros (IVA no incluido). Se subvencionará hasta el 50% del precio del servicio de consultoría contratado. El cheque de innovación, con independencia del precio contratado, tiene un valor de 4.000 euros.

En cada convocatoria, las empresas podrán ser beneficiarias de un cheque de innovación en cada una de las líneas. El IDEPA entregará a cada empresa beneficiaria un cheque de innovación que servirá como efecto de pago.

En ningún caso las subvenciones obtenidas podrán superar los límites máximos de ayuda establecidos en las presentes bases.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas industriales, de servicios de apoyo industrial y de construcción con personalidad jurídica propia, que cuenten con uno o más empleados por cuenta ajena a tiempo completo o equivalente, con sede social o establecimiento de producción en el ámbito territorial del Principado de Asturias, asimismo los proyectos objeto de ayuda deberán estar realizados en dicho territorio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Asesoramiento Tecnológico.

2. Consultoría para la Certificación.

3. Diseño.

3.1. Asesoramiento Tecnológico: asesoramiento y asistencia técnica prestados por Centros de Innovación o Tecnología dedicados a la investigación e innovación tecnológica.

a) Serán subvencionables los proyectos piloto de carácter tecnológico o las acciones innovadoras de efecto demostración, que permitan a la empresa el diseño y/o mejora de sus productos y/o procesos, mediante la incorporación de nuevos conocimientos o tecnologías y que se ajusten a lo establecido en las presentes bases.

b) Las actuaciones subvencionables que podrán incorporar dichos proyectos, serán ensayos, test, informes de viabilidad aplicados al proceso o producto, y demás servicios tecnológicos necesarios para la adecuada realización de los proyectos.

c) El único coste subvencionable de la línea será la contratación de los servicios de asesoramiento en innovación tecnológica para la realización de los proyectos piloto o las acciones de efecto demostración.

d) Dichos servicios deberán ser prestados en su totalidad por Centros de Innovación o Tecnología o fundaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la investigación e innovación tecnológica (en adelante CIT), radicados en la UE, habilitados en el marco de este programa de ayudas y que deseen colaborar con el mismo.

e) Quedan expresamente excluidas la creación de páginas web, las licencias para sistemas operativos y aplicaciones informáticas, el asesoramiento en gestión, la formación, los estudios de mercado, normalización, y las pruebas o certificaciones de calidad.

f) Los proyectos tendrán una duración estimada de 3 a 6 meses.

2. Consultoría para la Certificación: servicios de consultoría especializada para la obtención de certificados de procesos industriales, gestión de la I+D+i y la acreditación de laboratorios.

a) Será subvencionable la contratación de servicios de asesoramiento técnico para la obtención de certificados de procesos industriales (código ASME, FDA, validación de mecanismos limpios, etc.); implantación de modelos de organización y gestión innovadores sugeridos por políticas nacionales o europeas; sistemas de responsabilidad social corporativa; certificación de la I+D+i; acreditación de laboratorios de acuerdo a las normas ISO17.000.

b) El único coste subvencionable de la línea será la contratación de los servicios de consultoría para la implantación.

c) Dichos servicios deberán ser prestados en su totalidad por una empresa de consultoría de la UE, habilitada en el marco de este programa de ayudas y que desee colaborar con el mismo.

d) Quedan expresamente excluidas la certificación IS0 9001 la ISO 14.001, EMAS, las normas de seguridad en el trabajo, el marcado CE y las certificaciones de obligado cumplimiento.

e) Los proyectos tendrán una duración estimada de 6 a 12 meses.

3. Diseño: contratación de servicios profesionales de diseño.

a) Serán subvencionables la contratación de servicios profesionales para la realización del diseño en estas dos modalidades:

I. Diseño de imagen corporativa o imagen de marca de los productos de la empresa, siempre que quede reflejado en un manual de normas. A estos efectos, el manual de normas incluirá como mínimo los siguientes apartados:

• Elementos básicos de identidad.

• Marca: Estándares corporativos, logotipo, marca gráfica principal (versiones en color, negro y negativo) y marca gráfica (variantes, construcción gráfica de la marca).

• Normas de utilización de la marca: zona de protección y reducción mínima, utilización cromática y usos incorrectos.

• Tipografía: para uso interno, corporativa, para uso publicitario y editorial.

• Colores: color corporativo (color directo, versión para Internet y multimedia), color para imprenta, colores complementarios.

• Papelería: corporativa (papel de carta, sobres, tarjetas de visita, tarjetón, carpetas de uso interno y comercial), documentos internos (papel fax/email, albarán, factura, nota interna, informe, galleta CD, presentaciones con ordenador).

• Señalización: instalaciones, vehículos y vestuario.

II. Diseño o rediseño de productos de la empresa. A estos efectos, el proyecto incluirá como mínimo los siguientes entregables:

• Brief.

• Análisis y definición: demanda, nivel de precios, antecedentes, competencia, usuarios; grado de innovación, sistemas de fabricación, etc.

• Concepto y diseño formal: conceptualización, propuestas a nivel de bocetos, desarrollo de la propuesta seleccionada, maquetas y/o prototipos no funcionales.

b) El único coste subvencionable de la línea será la contratación de los servicios profesionales de una empresa de diseño.

c) Dichos servicios deberán ser prestados en su totalidad por una empresa de diseño de la UE, habilitada en el marco de este programa y que desee colaborar con mismo.

d) Los proyectos tendrán una duración estimada de 3 a 6 meses.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/05/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 110
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento