Subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo en zonas afectadas por incendios forestales.
Código de ayuda:
S29791/25Norma:
Orden de 21 de octubre de 2025. ORDEN IEM/1071/2025, de 25 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de noviembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 5.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan para el año 2025, en régimen de concesión directa, subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales y localidades de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 34/2025, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales en el verano de 2025.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y LeónConvoca:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Hasta un máximo de 5.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, entendidas como tales, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica con ánimo de lucro, que cuenten con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales y localidades de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 34/2025, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de as zonas afectadas por incendios forestales en el verano de 2025.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La cuantía de la subvención a conceder será el importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas por la empresa.Requisitos:
a) Serán empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, durante el periodo subvencionable que recoja la convocatoria.b) Que la suspensión de contratos de trabajo o la reducción de la jornada afecte a un centro o centros de trabajo ubicados en los municipios y localidades de Castilla y León, relacionados en las diferentes órdenes que emita la consejería competente en materia de protección civil, al amparo de lo establecido en el apartado segundo del Acuerdo 34/2025, de 20 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales en el verano de 2025.
c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
e) Cumplir con la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, acreditando su observancia, la exención o, en su caso, la no sujeción a dicha obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación
del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
f) Cumplir con la obligación legal prevista en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Documentos asociados
Boletín:
30/09/2025
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