Subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.

Código de ayuda:

S06691/26

Norma:

ORDEN IEM/224/2026, de 5 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 5.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas en la presente orden tienen por objeto contribuir a la financiación del coste de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, de empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a conceder será el importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas por la empresa, conforme a los establecido en la Disposición Adicional 44ª.1, apartados a), b) y c) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social, en los centros de trabajo por los que solicita la ayuda, no exoneradas, y devengadas durante el periodo subvencionable que prevea la convocatoria, hasta un
máximo de 5.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, entendidas como tales, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, todos ellos con ánimo de lucro, que cuenten con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, cuyos trámites se hayan iniciado durante el mes de febrero de 2026, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas por la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento