Subvenciones dirigidas a empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.
Código de ayuda:
S06691/26Norma:
ORDEN IEM/224/2026, de 5 de marzo.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 5.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones reguladas en la presente orden tienen por objeto contribuir a la financiación del coste de la cuota empresarial de la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidada y no exonerada, de empresas con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y LeónConvoca:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención a conceder será el importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas por la empresa, conforme a los establecido en la Disposición Adicional 44ª.1, apartados a), b) y c) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social, en los centros de trabajo por los que solicita la ayuda, no exoneradas, y devengadas durante el periodo subvencionable que prevea la convocatoria, hasta unmáximo de 5.000 euros por beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, entendidas como tales, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, todos ellos con ánimo de lucro, que cuenten con trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en causa de fuerza mayor temporal, cuyos trámites se hayan iniciado durante el mes de febrero de 2026, en centros de trabajo ubicados en términos municipales de Castilla y León, determinados al amparo del Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por las inundaciones sucedidas en febrero de 2026.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas por la empresa.Documentos asociados
Boletín:
10/03/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 47
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