Subvenciones dirigidas a actores de cooperación catalanes y de los países socios, para la transformaciónsocial.

Código de ayuda:

S26619/15

Norma:

RESOLUCIÓN PRE/1073/2015, de 21 de mayo. RESOLUCIÓN PRE/1102/2015, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de junio de 2015, 15 de junio o 2 de julio de 2015 según Línea.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Colaborar económicamente con las iniciativas de los actores de cooperación para el cumplimiento de los objetivos estratégicos fijados por el Plan director, mediante la profundización y la concreción en los objetivos específicos del Plan director que establezcan las respectivas bases reguladoras específicas de subvenciones. La aplicación de los contenidos del enfoque de género y basado en derechos humanos (EGiBDH) comporta establecer en estas bases reguladoras dos ejes principales de actuación, en los que se tendrán que inserir los proyectos objeto de subvención de acuerdo con las respectivas bases reguladoras específicas de todas las líneas y modalidades de subvenciones:

- El apoderamiento y el fortalecimiento de capacidades, tanto de los titulares de los derechos, de obligaciones y de responsabilidades, con el objeto de garantizar el acceso y el disfrute de los derechos, haciendo especial énfasis en los colectivos más vulnerables.

- La promoción de la igualdad y la no discriminación, trabajando para erradicar las causas, incluidas las estructurales, que dificultan el pleno disfrute y ejercicio de los derechos humanos con especial atención a las discriminaciones de que son objeto las mujeres y los pueblos minorizados.

Convocatoria 2015:

a) Línea 1. Modalidad 1, Proyectos de desarrollo.
b) Línea 1. Modalidad 2, Proyectos de educación para el desarrollo.
c) Línea 2. Proyectos de desarrollo dirigidos al apoderamiento de las mujeres.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas sin afán de lucro que determinen las bases reguladoras específicas y que pueden ser las siguientes:

-a) Organizaciones no gubernamentales de desarrollo y/o de acción humanitaria.
-b) Personas jurídicas privadas nacionales y/o extranjeras.
-c) Personas jurídicas públicas nacionales y/o extranjeras.

También podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de estas
bases generales, si lo prevén las bases reguladoras específicas, las agrupaciones de ONGD, de personas
jurídicas privadas o públicas, sin personalidad jurídica diferenciada, que cumplan los requisitos.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6879
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/05/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6881
Documento: Bases Reguladoras Específicas y Convocatorias Descargar Documento